(ESTA NOTICIA AMPLIA LA NUMERO 21 DE HOY)

MADRID
SERVIMEDIA

Cada uno de los ciudadanos que, por sorteo, sean designados miembros de mesas electorales para los comicios municipales y autonómicos del 26 de mayo percibirán una dieta de 7.600 pesetas, según una orden que publica hoy el "Boletn Oficial del Estado".

De acuerdo con la regulación realizada por el Ministerio del Interior, sólo tendrán derecho a percibir dietas los presidentes y vocales titulares, mientras que los suplentes sólo recibirán las 7.600 pesetas cuando sustituyan a un titular.

La cuantía de la dieta será independiente del tiempo de la jornada electoral durante el cual se haya estado desempeñando el cargo.

Asimismo, tampoco influirá en la cantidad a percibir el hecho de que en esta cita con las urnas coincidn la convocatoria de dos tipos de comicios (municipales y autonómicos) en trece comunidades, lo que incrementa el trabajo en relación con unas elecciones simples.

Según el Ministerio del Interior, en la determinación del importe de la dieta se ha tenido en cuenta "la importante labor que los miembros de las mesas desarrollna para el correcto desenvolvimiento del proceso electoral".

Interior ha pretendido también equiparar al máximo la dieta de los miembros de las mesas electorales con las cantiddes fijadas en el sector público en concepto de indemnizaciones por razón del servicio.

RETRIBUCION Y CABINAS

Los presidentes, vocales y suplentes de las Mesas Electorales quedarán protegidos por la Seguridad Social frente a las contingencias que puedan derivarse de su participación en las elecciones.

Estas personas también tendrán derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de las votaciones, si no disfrutan en esa fecha de descanso semanal, y a una reducción de su jornaa de tabajo de cinco horas el día inmediatamente posterior.

Los miembros de las Juntas Electorales Provinciales y de Zona también tendrán derecho a percibir indemnizaciones por su participación en los comicios.

Las cuantías de éstas oscilan entre las casi 300.000 pesetas que percibirá el presidente de una junta provincial y la de un secretario de ayuntamiento, que cobrará entre 80.000 y 100.000 pesetas.

Estas medidas están recogidas en un real decreto aprobado hoy por el Consejo de Ministros por el que se desarrolla la Ley Orgánica de Régimen Electoral en lo relativo a la regulación, con carácter permanente y único, de los procesos electorales de carácter general.

El real decreto establece la regulación de algunas cuestiones que han generado la controversia entre el Gobierno y la oposición durante los últimos meses, como el uso de las cabinas electorales y la retribución a los trabajores de las horas dedicadas a ejercer el derecho a voto.

En el capítulo de las cabinas, se afirma quehabrá al menos una en cada mesa electoral, que será distribuida por las delegaciones del Gobierno y los Gobiernos Civiles a las Juntas Electorales de Zona.

Por lo que se refiere a las urnas serán transparentes o blancas las destinadas a las elecciones municipales; de color sepia, las autonómicas, y de color azul, las dedicadas a elecciones en entidades menores o a cabildos insulares. Las papeletas, sobres e impresos tendrán el color correspondiente a cada proceso electoral.

(SERVIMEDIA)
05 Abr 1991
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