Por esta causa está procesado en rebeldía el etarra Gabiola -----------------------------------------------------------
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El fiscal redujo de 24 a 8 años de prisión la petición de pena para María Iciar Eguino Sasieta que fue juzgada hoy en la Audienia Nacional, como presuta implicada en el intento de secuestro de un industrial del País Vasco, que resultó herido en la acción.
Por esta causa, está procesado en rebeldía el etarra Antonio Gabiola, alias "Tonúa", que fue detenido el pasado mes de julio en Francia, pero que quedó en libertad días después porque el ministerio del Interior no mandó a tiempo la petición de extradición.
Los hechos ocurrieron en San Sebastián, el 25 de enero de 1982, cuando la procesada, junto a Juan Carlos Lecertúa y José Luis Artola (ambo condenados por la misma acción), Gabiola y el también rebelde José María Salegui, fueron a la casa del empresario José Cascais Vidal al que, según la acusación, pensaban retener por no pagar el llamado "impuesto revolucionario" que ejerce la banda terrorista ETA con numerosos empresarios y profesionales del País Vasco y Navarra.
Mientras los otros encausados cubrían labores de vigiliancia, Eguino subió en compañía de Salegui al inmueble y llamó a la puerta, que abrió la esposa del naviero, Francisca antamaría.
Según el mismo relato, Eguino dijo que eran testigos de Jehová, pero la mujer se asustó al reparar en Salegui, que se abalanzó sobre ella para hacerla callar.
Al oir el forcejeo, Cascais se asomó a la puerta, momento que Salegui aprovechó para dispararle causándole heridas de las que tardó en curarse casi un año.
La esposa del industrial consiguió alertar a los vecinos, por lo que los secuestradores se vieron obligados a desistir de su porpósito y emprendieron la huída.
En su conclusiones provisionales, el ministerio público consideraba los hechos constitutivos de un delito de asesinato frustrado, por estimar que los secuestradores tenían la intención de retener y posteriormente matar a Cascais.
Sin embargo, en las sentencias dictadas contra los ya porcesados, el tribunal conceptuó los hechos como un delito de lesiones consumadas por entender que se disparó al industrial en la pierna para evitar que opusiera resistencia al secuestro.
Por ese motivo, el fiscal rectifió su petición (24 años de cárcel por un delito de asesinato frustrado) y pidió para la procesada 4 años de prisión menor por un delito de lesiones y otros 4 por detención ilegal en grado de tentativa.
En el transcurso del juicio, Iciar Eguino, que ya fue procesada y absuelta por colaboración con banda armada, negó su participación en los hechos en los que fue implicada por las declaraciones que Lecertúa y Argola efctuaron en comisaría.
No obstante, ambos testimoniaron que si en un principio identficaron a Eguino como la mujer que les acompañó, fue porque se vieron obligados al recibir malos tratos en la comisaría.
(SERVIMEDIA)
13 Sep 1991