LOS ESPECIALISTAS EXTRACOMUNITARIOS QUE EJERZAN EN ESPAÑA DEBERÁN ACREDITAR EL CONOCIMIENTO DEL CASTELLANO
- Según la norma que regulará el reconocimiento profesional de los títulos de médicos especialistas
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Los médicos especialistas extracomunitarios que vayan a ejercer la profesión en España y cuya lengua de origen no sea el castellano deberán acreditar un "conocimiento suficiente" del idioma, según el decreto que preparan Gobierno y CCAA para regular la situación de estos profesionales.
El borrador del decreto fue analizado hoy por la ministra de Sanidad y Política Social, Trinidad Jiménez, y por los representantes autonómicos del ramo en el Consejo Interterritorial de Salud, celebrado en Mérida.
Según Sanidad, el objetivo de la norma es que el procedimiento de reconocimiento profesional de títulos de países de fuera de la Unión Europea "no vaya en detrimento de los altos niveles de calidad conseguidos en España en la formación de especialistas".
Para ello, el procedimiento propuesto prevé no sólo la comparación entre la formación adquirida en el país de origen y la que otorga el programa español de la especialidad, sino también la comprobación de que los títulos extracomunitarios de especialista que se pretenden reconocer cumplen con los requisitos de formación fijados por la UE en la directiva para las profesiones armonizadas de médico y de matrona.
En virtud del borrador del decreto, los aspirantes al reconocimiento profesional del título de especialista deberán demostrar documentalmente la equivalencia de la formación adquirida en sus lugares de procedencia, así como acreditar competencias profesionales a través de periodos de prácticas o de formación complementaria programados y evaluados.
Los solicitantes de Estados cuya lengua oficial no sea el castellano tendrán también que acreditar un "conocimiento suficiente" de este idioma y las comunidades autónomas que posean lengua oficial propia podrán adoptar las medidas necesarias para que los solicitantes adquieran un conocimiento adecuado de estas lenguas.
Las solicitudes de reconocimiento del título de especialista serán analizadas y evaluadas por un Comité de Expertos adscrito como órgano asesor al Ministerio de Sanidad y Política Social, que se reunirá al menos una vez al mes y que emitirá un informe sobre cada solicitud.
Si el informe inicial es positivo, la norma prevé dos posibles situaciones: realizar un período de ejercicio profesional en prácticas, para verificar que el solicitante ha adquirido las competencias profesionales, clínicas y comunicativas necesarias para ejercer como especialista en España o en su caso, un periodo complementario de formación en la correspondiente especialidad para subsanar las posibles carencias detectadas en la formación de origen del candidato.
(SERVIMEDIA)
03 Jun 2009
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