INMIGRACIÓN

ESPAÑA PIDE SU ADMISIÓN EN LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros autorizó hoy la solicitud de admisión de España en la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y la aceptación de la Constitución de la Organización Internacional para las Migraciones y ha dispuesto su remisión a las Cortes Generales.

La Organización Internacional de Migraciones (OIM), fundada en 1951 como Comité intergubernamental para las Migraciones Europeas (CIME), es una organización internacional con sede en Ginebra que tiene por objeto proveer servicios a la migración en el campo internacional, así como la protección y el bienestar de los migrantes. España fue miembro del Comité Intergubernamental hasta 1979 en que decidió pasar a la situación de país observador.

La Constitución de la Organización Internacional para las Migraciones fue adoptada por el Comité Intergubernamental para las Migraciones europeas el 19 de octubre de 1953 y enmendada con posterioridad en diversas ocasiones.

Puede ser miembro de esta organización cualquier Estado que demuestre interés en el principio de la libre circulación de personas, se comprometa a contribuir económicamente al menos a los gastos administrativos y acepte su Constitución. El ingreso debe ser aprobado por los dos tercios del Consejo.

En la actualidad, son miembros de la Organización Internacional de Migraciones más de 150 Estados, entre ellos todos los de la Unión Europea, excepto España, así como todos los de América Latina, salvo Cuba.

España colabora de hecho en varios planes de la organización tanto en América, como en Afganistán, Pakistán, África Subsahariana y África del Norte.

La organización posee personalidad jurídica y gozará de los privilegios e inmunidades necesarios para ejercer sus funciones y alcanzar sus objetivos. La sede central de la organización estará en Ginebra, si bien el Consejo podrá decidir, por mayoría de dos tercios, su traslado a otro sitio.

El Consejo, compuesto por un representante de cada Estado miembro, celebrará una reunión ordinaria una vez al año y tendrá como funciones, entre otras, la determinación de la política de la organización; la aprobación y dirección de la gestión del Comité Ejecutivo, así como la aprobación del programa, presupuesto, gastos y cuentas de la Organización.

(SERVIMEDIA)
31 Mar 2006
G