ESPAÑA ADECUA SU NORMATIVA SOBRE PESCA DE ARRASTRE DE FONDO A LAS DIRECTRICES COMUNITARIAS

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó hoy dos reales decretos en los que se regula el ejercicio de las artes pesqueras de arrastre de fondo en los caladros del Mediterráneo, del Cantábrico y Noroeste, para adecuar la normativa española a las disposiciones comunitarias en materia de Política Pesquera Común.

La normativa fija los requisitos que deben cumplir los barcos y las redes que se utilizan para el arrastre, además de determinados requisitos de carácter administrativo como régimen de los diarios de a bordo o necesidad de cumplimentar impresos de embarque y desembarque de productos. Además, los barcos sólo podrán faenar durante cinco días a la semna, con jornadas de 12 horas por día.

No obstante, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) mantiene la capacidad de fijar el tope de capturas por cada barco, día y especie.

Fuentes ministeriales confirmaron a Servimedia que los nuevos requisitos recogidos ahora en la ley ya se cumplen, por lo que sólo supondrán ligeros retoques en algunas embarcaciones.

(SERVIMEDIA)
10 Sep 1999
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