GRIPE AVIAR

ENTRA EN VIGOR LA AMPLIACIÓN DE LAS ZONAS DE RIESGO

MADRID
SERVIMEDIA

El Boletín Oficial del Estado publica hoy la orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que amplía las zonas consideradas de riesgo para el contagio de la gripe aviar.

La orden ministerial, que entra en vigor de manera inmediata, incluye nuevos humedales entre los declarados "de riesgo" y establece medidas especiales de bioseguridad en los municipios que rodean estas zonas.

Estas medidas, acordadas en la última reunión del Comité Nacional del Sistema de Alerta Sanitaria Veterinaria, contemplan la inclusión de nuevos humedales situados en las comunidades autónomas de Andalucía, Cataluña, Valencia, Baleares, Cantabria, Murcia y Galicia.

En Andalucía se incluye el Parque Nacional de Doñana, así como las zonas que lo rodean denominadas Parque Natural, Parque Natural Entorno, Sector Sur y Sector Norte.

Además, en esta región también se califican como "de riesgo" los parques naturales de Cantaritas y Beta Adaliz (Huelva y Sevilla), el Parque Nacional de la Bahía de Cádiz (Cádiz), las Marismas del Odiel (Huelva), los Arrozales de Puebla y Villafranco y los de Isla Menor (Sevilla), el Canal de Guadaira (Sevilla), las Salinas del Cerrilo (Almería), el Embalse de Barbate (Cádiz), las Marismas de Isla Cristina (Huelva), el Embalse de Puerto Nuevo (Córdoba), la Balsa de Don Melendo (Sevilla) y la Laguna de Fuentedepiedra (Málaga y Sevilla).

En Cataluña se incorporan el Delta del Ebro (Tarragona), Aigüamolls de l´Empordá (Gerona) y el Delta del Llobregat (Barcelona).

Pertenecientes a la Comunidad Valenciana se han incluido la Albufera de Valencia, la Marjal de Borrons y la Marjal dels Moros, todas ellas en la provincia de Valencia; las Salinas de Santa Pola, el Parque Natural de El Hondo de Elche, la Marjal de Pego-Oliva y la Mata de Torrevieja, en Alicante; y el Prat de Cabanes y la Marjal d´Almenara, en Castellón.

De otras comunidades se han incorporado en el listado la Albufera del Nord de Mallorca (Baleares), la Reserva Natural de las Marismas de Santoña y Noja (Cantabria), el Complejo Intermareal de Umia-O Grove (Galicia) y las Salinas de San Pedro del Pinatar (Murcia).

Asimismo, en los municipios situados alrededor de estas zonas se establecen medidas especiales de bioseguridad, que suponen la prohibición de cría de aves de corral al aire libre, así como la cría conjunta de patos y gansos junto con otras especies de aves de corral.

También está prohibido en esta zona dar agua a las aves de corral procedente de depósitos a los que puedan acceder las aves silvestres, para evitar riesgos de propagación de la influenza aviar.

ESPECIAL VIGILANCIA

Por otro lado, las medidas preventivas incluyen también la creación de áreas de especial vigilancia, que son aquellas en las que se hayan constatado concentraciones elevadas de aves silvestres o una alta densidad de explotaciones de aves de corral.

En estas áreas se aplicarán determinadas medidas específicas, que incluyen el registro de explotaciones no comerciales y el censo de aves, así como la toma de muestras intensiva y las visitas de control sanitario.

La nueva normativa contempla igualmente las medidas a adoptar en los parques zoológicos ubicados en las zonas de riesgo, estableciendo el aislamiento del mayor número posible de aves, bien en instalaciones de interior o empleando aviarios e instalaciones temporales, debiendo ser vacunadas las aves sensibles.

(SERVIMEDIA)
03 Mar 2006
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