Salud

Las enfermeras insisten en que están capacitadas y amparadas por la ley para realizar cuidados corpoestéticos y nutrición

MADRID
SERVIMEDIA

La Organización Colegial de Enfermería y las sociedades científicas de Enfermería insistieron este miércoles en que las enfermeras están capacitadas y amparadas por la ley para realizar cuidados corpoestéticos y nutrición.

El Consejo General de Enfermería denunció que “se están utilizando manifestaciones que no se ajustan a la realidad y la presión comercial para tratar de menoscabar las competencias profesionales enfermeras en lo que a cuidados corpoestéticos se refiere”. Así lo puso de manifiesto en un comunicado sobre la actuación de la profesión enfermera en el ámbito de los cuidados corpoestéticos.

El Consejo Andaluz de Colegios de Enfermería, el Consejo de Enfermería de la Comunidad Valenciana (Cecova), el Colegio de Enfermería de Cáceres, el Colegio de Enfermería de Madrid y la Unión Española de Sociedades Científicas de Enfermería (Uesce) se unieron también a este posicionamiento.

Todos estos organismos apuntaron que la anulación por el Tribunal Supremo de la resolución por la que se ordenan determinados aspectos del ejercicio profesional enfermero en el ámbito de los cuidados corpoestéticos y de la prevención del envejecimiento para la salud, “en modo alguno puede utilizarse como excusa para pretender excluir a las enfermeras del ámbito de actuación de los cuidados corpoestéticos por cuanto las competencias profesionales enfermeras vienen definidas por un conjunto de normas que en nada se ven afectadas ni por la comentada Resolución ni por las sentencias judiciales, las cuales se encuentran, además, pendientes de recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional”.

En este sentido, las instituciones de las enfermeras recordaron que la decisión del Tribunal Supremo, todavía pendiente de revisión constitucional, “en modo alguno significa que las enfermeras deban ser excluidas de estos cuidados, sino tan sólo que la concreta ordenación aprobada por el Consejo General no se ajusta a derecho porque se ha considerado judicialmente que no se puede regular, en los términos en que lo ha hecho la resolución anulada, el ejercicio profesional del enfermero en el ámbito de la corpoestética”.

Así, recalcaron que “esta anulación no impide, por tanto, dicho ejercicio profesional enfermero en este ámbito bajo los principios de plena autonomía técnica y científica, así como de interdisciplinariedad entre las distintas profesiones sanitarias que intervienen en el mismo”.

Además, insistieron en que tampoco puede utilizarse esta jurisprudencia para negar a la profesión enfermera las competencias que ostenta en el campo de los cuidados nutricionales en diferentes ámbitos de como la primaria, la hospitalaria, la sociosanitaria y la escolar. “Tenemos plena competencia en este ámbito desde hace más de 40 años, siendo clave estas actuaciones para potenciar la promoción de la salud, la educación sanitaria y la adquisición de hábitos de vida saludables, esenciales todos ellos dentro de la actuación de la enfermera en su ámbito asistencial”, expusieron.

Desde la Organización Colegial concluyeron que defenderán y protegerán a las enfermeras “frente a cualquier actuación que suponga un impedimento u obstáculo al ejercicio y desarrollo de sus competencias profesionales”.

(SERVIMEDIA)
02 Feb 2022
STH/clc