LAS EMPRESAS QUE DEJEN DE PAGAR A LA SEGURIDAD SOCIAL NO COBRARAN SUS CONTRATOS CON LA ADMINISTRACION
- El Congreso aprueba hoy la Ley de Medidas Específicas de Seguridad Social
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Las empresas que contraian deudas con la Seguridad Social mientras tienen un contrato con cualquiera de las administraciones públicas dejarán de cobrar por sus servicios, según el proyecto de Ley de Medidas Específicas en materia de Seguridad Social que hoy aprobará el pleno del Congreso de los Diputados.
Esta medida fue introducida a través de una enmienda en el Senado. Hasta ahora, las empresas que tenían deudas con la Seguridad Social no podían contratar con las administraciones públicas, pero una vez que entre en vigor eta nueva norma, también dejarán de cobrar por sus servicios si incurren en deudas una vez que han logrado el contrato público.
El PP trata así de frenar las prácticas abusivas que estaban realizando algunas empresas que subsanaban sus deudas para lograr un contrato y, una vez obtenido, volvían a dejar de pagar a la Seguridad Social.
Otras modificaciones que se aprobarán hoy persiguen simplificar las actuaciones en los casos en que una persona cometa una infracción en el cobro de una prestación. Aora se podía abrir la vía administrativa y la social, mientras que con la nueva norma todo deberá ser resuelto mediante los tribunales sociales.
También se regula un concepto referido a la Ley de Jubilación Gradual y Flexible, conocida como "jubilación a la carta". En concreto, se exigía hasta ahora que el trabajador acreditara que no había cesado voluntariamente de su puesto para acceder a la jubilación anticipada.
Este requisito, según el PP, estaba provocando una litigiosidad que acababa con u fallo a favor del trabajador. Una vez se apruebe hoy la nueva norma, el trabajador ya no tendrá que acreditar que su cese había sido impuesto.
Por último, la Seguridad Social podrá perdonar las deudas que tengan determinadas entidades o personas con ella y que sean lo suficientemente escasas como para que no resulte rentable proceder al cobro. Esta posibilidad ya existe en el caso de la Agencia Tributaria y ahora se traslada a la Seguridad Social.
(SERVIMEDIA)
27 Nov 2003
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