EMPRESARIOS Y SINDICATOS ARBITRARAN SOLUCIONES PARA CONFLICTOS LABORALES DESDE MAÑANA
- Comienza a funcionar el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA)
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
Mañana comenzarará a funcionar el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA), dependiente de empresarios y sindicato, por el que los propios agentes sociales mediarán y arbitrarán para solucionar los conflictos laborales con el fin de disminuir el recurso a los juzgados y a la administración pública.
El director de la Fundación SIMA (que se encarga de la prestación de estos servicios), Alfredo Mateos, declaró hoy a Servimedia que el objetivo es que se reduzca sustancialmente el recurso de los agentes sociales tanto a los servicios de mediación del Ministerio de Trabajo como a los juzgados, sobre todo en el primer cso, puesto que los jueces serán una segunda instancia a la que acudir si persiste el conflicto.
En su opinión, lo importante es que la propia existencia de la Fundación SIMA, que depende de los sindicatos y la patronal, demuestra la intencionalidad de los interlocutores sociales "de dialogar y de resolver los conflictos por la vía del concierto".
Además, subrayó que el 70% de los convenios colectivos sectoriales de ámbito nacional ya se han adherido al SIMA, por lo que recurrirán a sus servicios n caso de conflicto.
Mateos explicó que sus actos de conciliación serán de dos tipos: mediación, en la que las partes llevan a una persona de confianza para que aproxime posturas y proponga soluciones, y arbitraje, en el que se nombra uno o varios árbitros para que dictamine una resolución que tiene que ser acatada por los interlocutores sociales.
El director de la Fundación explicó que la decisión del árbitro tiene validez jurídica y carácter vinculante, por lo que no hay más remedio que acatarl, salvo que se pueda impugnar por defectos de forma. En su opinión, la ventaja de este método es que el árbitro tiene más libertad para decidir de acuerdo con las circunstancias del conflicto, mientras que el juez tiene que atenerse más al espíritu e interpretación de la ley.
El pasado día 9, el "Boletín Oficial del Estado" publicó una resolución, por la que se determina la aplicación de los procedimientos establecidos en el Acuerdo sobre Solución Extrajudicial de Conflictos alcanzado por los agentes ociales el 25 de enero de 1996.
PERSONAL CUALIFICADO
El SIMA depende de una fundación en cuyo patronato están las organizaciones sindicales y empresariales que firmaron el acuerdo de 1996 (CCOO, UGT, CEOE y Cepyme). Además de servir de punto de reunión para las partes, ofrece personal cualificado para ayudar a resolver los conflictos y además canalizará la tramitación de los procedimientos de mediación y arbitraje.
El SIMA tiene encomendada la resolución de cinco tipos de conflictos: los derivaos de la aplicación de un convenio o pacto colectivo, las discrepancias surgidas en la negociación de un convenio que lleva paralizada más de seis meses, los posibles motivos de huelgas, la determinación de los servicios de seguridad y mantenimiento durante la huelga y las discrepancias surgidas en periodos de consulta para modificar sustancialmente las condiciones de trabajo colectivas.
Todos estos conflictos serán siempre tramitados por el SIMA si son de ámbito estatal y si los sectores o empresas aectados están adheridos al acuerdo de 1996.
(SERVIMEDIA)
19 Feb 1998
A