LOS EMPLEADOS DE BANCA NO DEBERAN DECLARAR LOS CREDITOS QUE LES CONCEDIDOS POR SU EMPRESA A TIPOS DE MERCADO

MADRID
SERVIMEDIA

Los empleados de banca y cajas de ahorro no tendrán que declarar como retribuciones en especie los créditos recibidos de lasentidades paea las que trabajan, cuando el tipo de interés sea similar a los del mercado.

Esta es la principal consecuencia de la respuesta dada por la Dirección General de Tributos a las entidades financieras y que, según ha podido saber Servimedia, reconoce la existencia de un agravio a los empleados de entidades de crédito, como consecuencia del descenso en los tipos de interés.

La situación que se pretende corregir afecta alrededor de 230.000 empleados de bancos y cajas, que estaban obligados por la Ley del IRPF a declarar como retribuciones en especie los créditos obtenidos en sus empresas con tipos de interés inferiores al legal.

Este tipo de interés legal quedó fijado por el Gobierno en el 9 por cien para 1994, a través de la Ley de Presupuestos, pero la evolución del precio del dinero en los mercados ha hecho que los clientes de entidades puedan acceder a préstamos por debajo de este coste, lo que ha generado un agravio comparativo respecto a los empleados del sector, que se veían oblgados a declarar a Hacienda por el "trato preferente" de su empresa.

Para corregir este desajuste, y ante las aclaraciones exigidas por la Asociación Española de Banca (AEB), la Dirección General de Tributos ha acabado reconociendo que debe distinguirse entre la existencia de remuneración en especie y su valoración.

Asimismo, acepta el planteamiento de que, para que los préstamos sean considerados retribuciones en especie, deben estar ajustados a un tipo de interés inferior al de mercado, con indpendencia de cual sea el tipo de interés legal.

La situación planteada por el descenso de los tipos de interés entre las plantillas del sector crediticio había llegado a generar un auténtico agravio comparativo para estos trabajadores, ya que no podían acceder a préstamos ofertados para el resto de clientes con carácter general.

(SERVIMEDIA)
01 Ago 1994
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