LOS EMPLEADOS DE BANCA ESPAÑOLES GANAN ENTRE UN 9 Y UN 28 POR CIEN MENOS QUE LOS COMUNITARIOS, SEGUN UGT

MADRID
SERVIMEDIA

Los sueldos brutos de un empleado de banca medio son en España entre un 9,3 y un 28 or ciento inferiores a la media europea, según un cuadro comparativo de los "doce" difundido hoy por la Federación de Banca de UGT.

El cuadro ha sido elaborado por la Federación Internacional de Empleados y Técnicos de Banca con los salarios fijados en los convenios sectoriales de los países analizados, (que son todos los de la CE menos Gran Bretaña, Bélgica y Grecia, además de Suiza, Austria, Noruega y Turquía).

De acuerdo con esos datos, un cajero de una entidad española ganaba en 1990 un sueld bruto de 13.981 ecus al año (aproximadamente 1.817.000 pesetas, frente a una media comunitaria de 15.415 ecus (unas 2.004.000 pesetas). La diferencia es del 9,3 por cien.

En el caso de un oficial administrativo de primera, el sueldo español es de 2.709.000 pesetas, mientras que el comunitario se sitúa en 3.467.000. La diferencia es del 27,97 por cien.

Según estos datos, los cajeros de banca españoles ganan más que los franceses, los austriacos, los portugueses y los turcos, y menos que los daness, finlandeses, alemanes, italianos, luxemburgueses, holandes, noruegos y suizos. Por su parte, los oficiales de primera sólo superan a portugueses y turcos.

A partir de estos datos, UGT niega que los costes laborales representen un problema para la rentabilidad de los bancos y considera injustificadas las declaraciones realizadas en ese sentido por el presidente de la patronal AEB, José Luis Leal.

Según UGT, las comparaciones de costes laborales medios realizadas por la AEB no tienen en cuenta ls diferentes composiciones de personal, ya que "se mete en el mismo saco a un peó de oficios varios o a un ordenanza, junto con un director general (y de éstos últimos hay muchos más que de los primeros)".

UGT afirma que el aumento de las partidas de costes anuales de personal reflejados en los balances anuales de los bancos es "claramente inferior" a la subidas salariales pactadas en los convenios colectivos.

(SERVIMEDIA)
06 Mayo 1992
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