ELIGIO HERNANDEZ ORDENA A LOS FISCALES QUE REALICEN "UNA LABOR PREVISORA" PARA PRESERVAR LOS DERECHOS DE LOS MENORES

MADRID
SERVIMEDIA

El fiscal general del Estado, Eligio Hernández, ha ordenado a todos los fiscales-jefe de los máimos organismos judiciales que realicen "una labor previsora y anticipada" con el fin de preservar el derecho a la intimidad de los menores que sean víctimas, testigos o inculpados en hechos delictivos.

En una instrucción a la que ha tenido acceso Servimedia, Hernández apunta que, en casos en los que se prevea que un menor pueda adquirir protagonismo, los fiscales deben valorar la conveniencia de dirigirse tanto a sus representantes legales como a los medios de comunicación para advertirles sobre las onsecuencias jurídicas que pueden llegar a producirse si se produce una intromisión en su intimidad.

La reciente aparición en un programa televisivo de la niña de 5 años presuntamente raptada por el duque de Feria ha provocado esta respuesta del ministerio público a "la divulgación repetitiva y a veces morbosa" de la tragedia vivida por los menores, sobretodo en los casos cuyos familiares, "deslumbrados por atravesar el umbral del anonimato", no se percatan de la existencia de la agresión a sus derechs fundamentales o buscan "el tan fácil como inesperado rendimiento económico".

Tras recordar que el estatuto orgánico de la fiscalía y la normativa constitucional atribuyen al ministerio público "la protección y defensa de menores y desvalidos", el texto destaca que el derecho a la información sólo prevalece sobre los derechos fundamentales de los afectados "en la medida que su sacrificio resulte necesario para asegurar una información libre en una sociedad democrática"

No obstante, el fiscal genral recuerda que la intromisión en el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen, deja de ser ilegítima cuando el afectado haya otorgado su consentimiento expreso.

En el caso de los menores, este consentimiento sólo puede darse "si sus condiciones de madurez lo permiten" o después de que sus representantes legales obtengan el permiso del ministerio público o del juez si el fiscal se opone.

La instrucción califica de "preferente preocupación de la Fiscalía General" impedir que "el impaco psicoemocional que pueda sufrir un menor" al comparecer amte los medios de comunicación, esté motivado "por la momentánea, artificiosa y efímera atracción hacia una popularidad asentada exclusivamente en el insano fisgoneo que generan algunos sucesos delictivos".

Por ello la fiscalía no puede permanecer tampoco "impasible", según el texto, ante posibles "maquinaciones familiares" que perjudiquen "el proceso de socialización" y el "desarrollo integral" del menor.

Así insiste en la necesidad de rcordar a los representantes legales que "un continuo y pertinaz" incumplimiento de las obligaciones inherentes a la patria potestad, entre los que se incluye "la exposición pública del menor para el relato de su propia tragedia" puede provocar el desamparo del pequeño y, por tanto, la retirada de la tutela.

"La perplejidad social que produce la impune utilización del infortunio infantil", concluye el fiscal general, "exige una activa y decidida respuesta de los señores fiscales, a fin de impedir que l desdicha que ha convertido al menor en víctima de un hecho delictivo, lleve aparejada (...) el frecuente recuerdo de los pormenores de la ofensa padecida".

(SERVIMEDIA)
16 Mar 1993
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