ELECCIONES VASCAS. LA JUNTA CENTRAL DESAUTORIZA LA LEY VASCA Y PERMITE QUE LOS PARTIDOS RECIBAN DONATIVOS DEL RESTO DE ESPAÑA

MADRID
SERVIMEDIA

La Junta Eletoral Central (JEC) dictó hoy una resolución, que desautoriza el artículo de Ley Electoral vasca que prohibe los donativos a partidos vascos que procedan de personas o instituciones de fuera de Euskadi.

La JEC resuelve así una consulta del Partido Popular sobre el artículo 145.2 de la Ley Electoral vasca, en virtud del cual "queda prohibida la aportación de fondos procedentes de entidades o personas extranjeras con domicilio fuera de la Comunidad Autónoma".

Sin embargo, la JEC decidió hoy, en unareunión de este organismo en el Congreso de los Diputados, que los artículos 125 a 130 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral (LOREG) son aplicables a elecciones a Asambleas Legislativas de comunidades autónomas.

De estos preceptos "resulta el derecho de toda persona no extranjera a realizar aportaciones para la financiación electoral de las entidades políticas, en las condiciones fijadas en la LOREG".

El artículo 128 de la LOREG determina que sólo "queda prohibida la aportación a estas cuentas e fondos procedentes de Entidades o personas extranjeras", por lo que sí pueden hacerlo los españoles, incluso aunque residan en el extranjero.

(SERVIMEDIA)
20 Abr 2001
CLC