ELECCIONES 93. TODAS LAS PERSONAS EXCLUIDAS DEL CENSO POR ERROR PODRAN VOTAR CON UN CERTIFICADO CENSAL
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La Junta Electoral Central acordó en su reunión de ayer remitir una instrucción a la Oficina del Censo Electoral para que envíe una certificación específica a todas aquella personas que, teniendo derecho de sufragio, no figuran inscritas en las listas del censo debido a errores.
Este certificado será enviado a todos los electores que no figuren en el censo electoral a 1 de enero de 1992, que es el vigente para las próximas elecciones, y que reunan todos los requisitos para gozar de la titularidad del derecho de sufragio pero que no estén incluidos en la relación de actas comunicadas por los ayuntamientos en orden a la revisión del censo.
Asimismo, será remitido a ls electores que, por deficiencias administrativas o de otra naturaleza, figuran en los ejemplares de las listas del censo expuestas en los ayuntamientos durante el periodo de rectificación.
Junto a la certificación, la Oficina del Censo Electoral enviará a esas personas una nota explicativa, sometida previamente a la supervisión de la Junta Electoral Central.
Por su parte, la Oficina del Censo Electoral informará inmediatamente a la Junta Electoral Central de la remisión de las certificaciones cesales y adoptará las medidas de control que considere necesarias, de las que también dará cuenta al máximo órgano electoral.
Finalmente, la junta acordó dar traslado de este acuerdo a la Oficina del Censo Electoral, al PP, a los ayuntamientos de Alcalá de Henares y de Castellón -en los que se registraron gran número de errores en el censo- y a las Juntas Electorales Provinciales.
Este acuerdo se produce después de que se denunciaran en diversas localidades del país graves errores en las listas cesales que impedían a miles de personas ejercer su derecho a voto.
(SERVIMEDIA)
29 Abr 1993
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