ELECCIONES 93.- EL 27 DE MAYO, FECHA LIMITE PARA QUE LOS VOTANTES POR CORREO SOLICITEN SU DOCUMENTACION AL CENSO

- Un ciudadano elegido por sorteo interventor de mesa deberá advertir, antes del 3 de junio, si no puede serlo.

MADRID
SERVIMEDIA

Los votantes por correo que quieran ejercer ese derecho en las elecciones generales del 6 de junio, debrán solicitar entre el 13 de abril y el 27 de mayo su documentación correspondiente a la Oficina del Censo Electoral, según el calendario electoral facilitado a Servimedia por el Ministerio del Interior.

Desde el 13 al 30 de mayo tiene la Oficina del Censo Electoral para responder a esta solicitud, enviando al requiriente certifiación de su inscripción censal y documentación para votar. Hasta el 3 de junio tienen de plazo la Mesa electoral para recibir el sufragio de un votante por correo.

En el aso de españoles en el extranjero, el plazo para que puedan enviar el voto es mayor, porque la respectiva Oficina del Censo deberá remitirles los papeles entre el 13 y el 17 de mayo, fecha límite, en lugar del 27 de mayo que rige para el resto de votantes por correo.

Los más de 8.000 ayuntamientos que hay en España elegirán por sorteo entre el 8 y el 12 de mayo a los vecinos que compondrán las mesas electorales, lo cual será notificado oficialmente a la Junta Electoral de Zona entre el 13 y el 15 de myo. En esas fechas les serán entregados a los miembros de mesa electoral el manual de instrucciones para el 6 de junio.

Un ciudadano con motivaciones justificadas para no ser miembro de mesa, habiendo sido elegido en el sorteo, deberá alegarlas entre el 16 y el 22 de mayo ante la Junta Electoral de Zona (JEZ). La respectiva JEZ dispone del 23 al 27 de mayo de plazo para resolver la reclamación planteada y avisar, en su caso, al suplente elegido.

No obstante, hasta el 3 de junio, tres días antes, iene de plazo un miembro de mesa (titular o suplente) para comunicar a la JEZ que no podrá acudir el día de las elecciones.

HASTA EL 26 DE ABRIL, RECLAMACIONES AL CENSO

El día 18 de abril se expondrán en los ayuntamientos de toda España las listas del censo electoral. Entre el 19 y el el 26 de abril los ciudadanos podrán reclamar sobre las irregularidades censales que detecten. La respectiva Dirección Provincial de la Oficina del Censo Electoral (DPOCE) tendrá del 27 al 29 de abril para resolver esareclamación.

El 30 de abril, la Oficina del Censo expondrá en cada provincia las rectificaciones aprobadas, de todas las reclamaciones presentadas, que se notificará a cada reclamante, al ayuntamiento donde tenga fijada su residencia o al Consulado (caso de residentes en el extranjero).

Después de las elecciones, el 9 de junio, cada Junta Electoral provincial iniciará el esccrutinio oficial. El 10 de junio los partidos deberán presentar las reclamaciones que consideren oportunas, que deberán quedr resueltas por la Junta Electoral Provincial (JEP) respectiva el 11 de junio. El 12 de junio, el escrutinio tendrá que estar concluido.

Ese mismo 12 de junio, los partidos podrán recurrir el fallo de la JEP contra su reclamación, ante la propia JEP, que remitirá el recurso a la Junta Electoral Central el 13 de junio.

Los días 15 y 16 de junio, la JEC recibirá a los representantes y apoderados de las candidaturas reclamantes. Y el 17 de junio, una vez oídos los reclamantes, resolverá. El 18 de juio, una vez solventados los problemas, hará la proclamación de los diputados y senadores electos.

El día 19 de junio, aparecerán en el BOE los nombres de los miembros del nuevo Congreso de los Diputados y Senado. A partir de este día, los partidos podrán reclamar ante la JEP el acto de proclamación de electos. El 10 de julio la Sala de lo Contencioso Administrativo dictará sentencia y el 13 de julio se la notificará a los apoderados del partido en cuestión.

CANDIDATURAS ANTES DEL 3 DE MAYO

Los artidos políticos deberán tener listas sus candidaturas a Congreso de los Diputados y Senado antes del 3 de mayo, según el calendario electoral facilitado a Servimedia por el Ministerio del Interior.

Entre el 28 de abril y el 3 de mayo, las formaciones políticas presentarán las listas de candidatos ante cada una de las Juntas Electorales Provinciales; listas que serán publicadas por el Boletín Oficial del Estado el 5 de mayo.

Desde mañana, 14 de abril y hasta el viernes, 16 de abril, se constituián las JEP y las JEZ con los vocales judiciales. Posteriormente, entre el 9 y el 20 de mayo, los partidos designarán a sus representantes (vocales no judiciales) en cada una de esas juntas.

El 21 de abril, las DPOCE hará públicas las secciones electorales en la provincia, locales y mesas que las integran. Del 22 al 27 de abril, los ciudadanos podrán reclamar contra la delimitación que les ha sido asignada.

(SERVIMEDIA)
13 Abr 1993
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