LA EJECUCION DE HIPOTECAS POR LOS JUZGADOS AUMENTO ENTRE UN 20 Y UN 30 POR CIENTO EN LOS ULTIMOS TRES AÑOS
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La ejecución de hipotecas por parte de los juzgados españoles aumentó en los tres últimos años entre un 20 y un 30 por ciento, según maifestó hoy en Santander el magistrado del Juzgado número 31 de Madrid, Juan Lucas Uceda Ojeda, quien agregó que este aumento es un reflejo de las crisis económica que vive el país.
"La gente no tiene dinero y esto se comprueba en la cantidad de devoluciones de créditos que se ejecutan a través de los juzgados", explicó el magistrado, a cuyo juicio esta situación ha hecho proliferar el "gran negocio de los créditos rápidos".
El magistrado hizo estas declaraciones durante su intervención en el semiario "La seguridad jurídica y el tráfico mercantil", que se desarrolla esta semana en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo de Santander, dirigido por el notario de Madrid Juan Bolás Alfonso.
Uceda Ojeda denunció los créditos hipotecarios que se anuncian en los medios de comunicación como un nuevo método de "usura" que deja indefenso al deudor.
"Las emisiones de obligaciones hipotecarias por particulares o créditos rápidos que se anuncian en los periódicos son el caso de inseguridad jurídia más grande con el que se encuentra una persona que necesita dinero, ya que en España este tipo de transacciones están poco reguladas", afirmó.
Explicó que en este tipo de actividades económicas los intereses solicitados por los acreedores suelen ser de un 20 a un 30 por ciento. Por este motivo, añadió, "cuando entras en este mundo no sales de él".
"El cliente está totalmente desprotegido. La persona necesita dinero rápido y no lee las condiciones en las que firma estas obligaciones. Te prometen10 años para pagar, pero en el contrato se estipula que esto sólo será si el acreedor quiere, lo que significa que al año de contraer la deuda te obligan a pagar o te venden la finca", agregó.
Para el magistrado, este tipo de actividades económicas lo que genera es una gran cantidad de dinero negro. "El inversor en este tipo de operaciones nunca aparece por el juzgado, sino que son sociedades contratadas a este fin".
"Hacienda no puede hacer nada porque las sociedades pagan con normalidad sus impestos, pero los verdaderos beneficiarios de estas transacciones obtienen grandes beneficios a muy corto plazo, dinero que nunca se someterá a impuestos", aseguró.
A su juicio, la ley existente en la actualidad, al tratarse de una regulación aislada, protege al acreedor y no al deudor, "que se encuentra de la noche a la mañana sin sus posesiones".
(SERVIMEDIA)
19 Ago 1992
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