EGUNKARIA. EL ADMINISTRADOR JUDICIAL DEBERA PRESENTAR UN PLAN DE ACTUACION DE FUTURO PARA LAS DOS MERCANTILES DE EGUNKARI

MADRID
SERVIMEDIA

El administrador judicial que la Agencia Tributaria designe para las sociedades mercantiles Egunkaria Sortzen S.L. y Egunkaria S.A., ambas vinculadas al diario Euskaldunon Egunkaria, deberá presentar un plan de actuación de futuro para ambas empresas, según consta en una resolución dictada por el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, Juan del Olmo.

Un mes después de haber tomado posesión de su cargo, el administrador judicial deerá presentar un inventario o relación de bienes y derechos de los que resulten titulares las dos mercantiles, y estado de los mismos, un informe económico financiero de ambas sociedades y un plan de actuación de futuro.

El plan de futuro deberá incluir "posible desprecintos de locales o sedes para hacer frEnte a una correcta custodia y salvaguarda de bienes de las mercantiles, devolución de bienes que no sean titularidad de las mercantiles, reducción de gastos injustificados, y todas aquellas medidasque considere favorezcan asegurar el patrimonio social y, al mismo tiempo, hacer frente a las obligaciones de las mercantiles, incluidos desbloqueos de cuentas".

En cuanto al informe económico financiero de ambas entidades, deberar girar en torno a "la capacidad económica de las mismas, obligaciones por ellas contraídas y a las que haya de hacerse frente por tratarse de deudas justificadas, vencidas, líquidas y exigibles", al tiempo que haga referencia a un "plan de previsión económico para hacer frene a las refereidas dedudas, viabilidad económica de las mercantiles, atenteido a los bienes y derechos de los que son titulares, y obligaciones existentes".

El citado magistrado decretó la administración judicial de las sociedades el pasado 18 de julio, en una resolución en la que señala que "habrá de ser una administración judicial, con eficacia jurídico-económica y de defensa de los intereses de las dos sociedades, pero sin incidencia en la esfera de defensa jurídico penal de las mercantiles en el pesente procedimiento".

El administrador judicial deberá asumir "los derechos, obligaciones, facultades y resposnabilidades que en los respectivos estatutos sociales estén atribuidos a los administradores" de dichas empresas, "dentro los límites fijados por la suspensión de actividades de las citadas mercantiles y clausura temporal de sus sedes y locales".

TAMBIEN INTERVENTOR

Además, el juez dice que las mercantiles podrán designar un interventor por cada una de ellas en un plazo de quince días,desde la fecha de la resolución. De no ser así, "se entenderá que desisten de ello, mientras dure la administración judicial", añade.

Estos interventores, dice el magistrado, podrán conocer previamente a su presentación, al menos tres días antes, los informes del administrador judicial con el objeto de que puedan alegar lo que consideren oportuno.

Cuando la propuesta del administrador judicial "trate de enajenación o gravemen de bienes o derechos" ésta deberá ser analizada en una reunión con el iterventor de la sociedad titular para llegar a un acuerdo al respecto.

"De no existir ese acuerdo, se hará constar por escrito, explicando las razones para la enajenación o gravamen y las de oposición a dicha medida, dándose comunicación escrita al juzgado, que resolverá lo procedente tras informe del Ministerio Fiscal", añade el magistrado.

LOS PASOS PREVIOS

Aunque las actividades de las mercantiles Egunkaria Sortzen S.L., Egunkaria S.A. y del diario Euskaldunon Egunkaria están suspendidas dese el pasado mes de febrero, lo cierto es que estas sociedades tienen unos bienes que han de ser administrados por alguien elegido por el instructor.

El juez, a petición de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, revocó los poderes de los representantes legales del diario y las dos citadas mercantiles, amparándose en el artículo 129 del Código Penal, que prevé la facultad del instructor para clausurar o suspender las actividades de una empresa, sociedad o fundación por un plazo no superior a cinco años. Esta revocación de poderes es la que lleva al titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional a estudiar la administración judicial decretada ahora.

SECRETO SUMARIAL

Este caso se encuentra bajo secreto desde el pasado 10 de marzo, cuando el magistrado Juan del Olmo ratificó la clausura temporal y la suspensión de actividades, por seis meses, de las mercantiles Egunkaria Sortzen S.L., Egunkaria S.A. y el diario Euskaldunon Egunkaria, así como de sus locales, sedes y etablecimientos.

El instructor cree que el diario "Egunkaria" contribuye a los fines de ETA, tanto desde el punto de vista económico y financiero, como desde la utilización del euskera para difundir el ideario dela banda terrorista, y que ésta tuvo parte en el nombramiento de la directiva del rotativo y sus mercantiles.

Del Olmo basa la relación entre ETA y "Egunkaria", entre otras cosas, en una carta encontrada en el ordenador personal de José Luis Alvarez Santacristina, alias "Txelis", en la quese habla de la "trascendencia y pronta culminación del periódico eneuskera 'Egunkaria Sortzen".

Para el juez, "no cabe considerar lógico, ni mínimamente creíble, que una organización terrorista, tras conseguir generar y controlar un 'proyecto' [...] lo abandone y lo dote de independencia y autonomía".

(SERVIMEDIA)
24 Jul 2003
VBR