EGIN. GARZON DICE QUE EL PERIODICO ABUSO DEL DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESION PARA SERVIR A ETA-KAS
- Ratifica el cierre de Egin, Egin Irratia y las empresas relacionadas con los anteriores
- Insiste en que estas sociedades son una parte del "Servicio de Información" de ETA-KAS
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El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón decidió hoy ratificar el cierre del periódico Egin y de la emisora Egin Irratia y aseguró que ambas empresas han abusado del derecho a la libertad de expresión que recoge la Constitución Española, para servir así al entramado delictivo ETA-KAS. En un auto, hecho público hoy, el juez considera que los dos medios de comunicación participan en "el señalamiento y fijación de objetivos de la organización criminal (ETA) y, todo ello, utilizando arteramente la norma constitucional que establece el artículo 20 de la Carta Magna", donde se refiere a la libertad de expresión.
Garzón rechaza los recursos planteados por las defensas de la sociedad Orain S.A. (editora de EGIN) y de las empresas relacionadas con la anterior Ardatza S.A., Hernani Imprmategia y Erigan S.L., y asegura que la pretensión de éstos de apelar a la capacidad de los medios de comunicación para expresar ideas es sólo un intento de "desnaturalizar y falsear" las verdaderas causas del cierre.
Para el juez, está acreditado "con suficiencia y racionalidad" que las citadas empresas "son meros instrumentos en manos de la dirección de la organización terrorista, creados, utilizados y dirigidos" para lograr la finalidad delictiva de ETA.
"Si la medida es aplicable a la organizción -ETA-, ha de serlo necesariamente a todas sus partes, instrumentos y elementos que la componen y de las que se sirve para proseguir su actividad criminal", insiste el juez.
SERVICIO DE INFORMACION DE ETA-KAS
El auto insiste en que los dos medios de comunicación "no se clausuran por las opiniones que en ellos se vierten", sino por haber sido ideados "como un instrumento eficaz" dentro del conjunto de Servicios de Información de ETA-KAS.
Así, Garzón cita varias actuaciones en las que se pued comprobar que EGIN ha sido utilizado por el complejo ETA-KAS para obtener determinados datos e incluso que, informaciones elaboradas por el denominado "equipo de investigación" de EGIN "han sido ocupadas en poder de responsables de ETA".
El juez considera que el citado equipo de investigación, en combinación con otros dos sistemas de información de ETA (N.A.E.M.Ko Informazio Taldea y la red Sarea) "integran una sola estructura de captación y procesamiento de información que, según las necesidades, esexplotado por cada uno de los frentes que integran ETA-KAS en particular y el MLNV en general".
Finalmente, Garzón reitera que desde el periódico se avisaba de la puesta en marcha de operaciones policiales, se colaboraba en la huida de terroristas que habían cometido atentados, se utilizaban algunas secciones para enviar mensajes a los comandos operativos y se daba cuenta a ETA de datos de interés para la banda terrorista.
Por todo esto, el juez decide rechazar los recursos presentados por los reresentantes del periódico, si bien estos podrán recurrir nuevamente ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.
Además, está previsto que en las próximas horas, Baltasar Garzón resuelva sobre la petición de las defensas relativa al levantamiento del secreto sumarial. Previsiblemente, y siguiendo la opinión ya expresada por la Fiscalía de la Audiencia Nacional, el juez rechazará también este extremo.
(SERVIMEDIA)
31 Ago 1998
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