EFECTO 2000. CONSUMO XIGE INFORMACION SOBRE LOS PRODUCTOS QUE PUEDAN SER AFECTADOS POR EL "EFECTO 2000"
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El Instituto Nacional de Consumo ha emplazado a las empresas fabricantes de productos de informática para que, en un periodo máximo de 45 días naturales, le informen sobre qué productos dirigidos al consumidor final puden resultar afectados por el llamado "efecto 2000" de entre los que han comercializado durante los años 1996, 1997 y 1998. La comunicación ha sido dirigida a más de medio centnar de empresas".
Según informó hoy el Ministerio de Sanidad y Consumo, la falta de respuesta o la falsedad en los datos serán consideradas una transgresión de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y la normativa vigente que regula las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor.
En dicha normativa -real decreto 1945/1983-, se establece que constituye infracción "la negativa o resistencia a suministrar datos, a facilitar la información requerida por las atoridades competentes o sus agentes, en orden al cumplimiento de las funciones de información, vigilancia, investigación, inspección, tramitación y ejecución en las materias a que se refiere el presente real decreto -que contempla, entre ellas, las relativas a la defensa del consumidor-, así como al suministro de información inexacta o documentación falsa".
Esta actuación del Instituto Nacional del Consumo se realiza en cumplimiento de las funciones que el Consejo de Ministros del 12 de junio de 1998 tribuyó a este instituto en el punto vigésimo del 'Acuerdo sobre medidas en relación con el efecto 2000' y ante la necesidada de informar a los consumidores respecto a las repercusiones que para ellos, y en relación con los productos adquiridos en los últimos años, puede tener este efecto que consiste en que ciertos ordenadores y programas no contemplan fechas posteriores al año 1999 al expresar cada año únicamente con dos dígitos.
(SERVIMEDIA)
01 Nov 1998
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