EEUU NO TIENE OBLIGACIÓN DE ENTREGAR A LOS TRES MILITARES, SEGÚN EL CONVENIO DE ASISTENCIA JUDICIAL CON ESPAÑA
- Convenios bilaterales firmados por Bush con 50 Estadosimpiden también la extradición desde esos países
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Una clausula del convenio de asistencia judicial y extradición España-EEUU, firmado en Madrid el 17 de diciembre de 2004 el ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, y el entonces fiscal general estadounidense, John Ashcroft, permitirá al gobierno de George Bush no extraditar a los tres militares acusados de matar a José Couso en Bagdad.
Esa clausula hace referencia al requisito de que la extradición no contravenga la legislación interna del país objeto de un requerimiento como el hecho hoy por el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz.
En el caso de los tres militares cuya entrega se pide, dos legislaciones estadounidenses lo impiden: el Código de Justicia Militar, que no reconoce jurisdicción alguna ajena a la de EEUU para supuestos delitos cometidos en tiempo de guerra; y la American Service Members Protection Act (ASPA).
Esta última la impulso en 2002 el Gobierno de Bush para hacer frente al Tribunal Penal Internacional (TPI) y a su jurisdicción para militares estadounidenses. Medio centenar de países ya han suscrito convenios bilaterales con EEUU para no aplicar su jurisdicción a militares estadounidenses, o su entrega a terceros, bajo amenaza de retirarseles la ayuda militar (la llamada "enmienda Nethercutt").
Así las cosas, resulta extramadamente difícil que Thomas Gibson, sargento de la Compañía A del Regimiento de Blindados número 64 de la Tercera División de Infantería Acorazada del Ejército norteamericano; el capitán Philip Wolford, al mando de la unidad de blindados que disparó a Couso; y al teniente coronel Philip de Camp, responsable del Regimiento, acaben ante la Audiencia Nacional.
Y no sólo por las razones antes descritas sino porque, aunque la orden del juez Pedraz es internacional, el Ejército de EEUU no informa nunca de la localización de sus efectivos en sus numerosas bases por todo el mundo y los uniformados sólo pueden ser detenidos por la policia local durante la comisión de un delito flagrante.
Con lo cual, es muy difícil que alguno de los tres pueda ser arrestado en un tercer país y entregado a la Audiencia Nacional española.
(SERVIMEDIA)
19 Oct 2005
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