La edad penal sigue en 16 años y se elimina la imprudencia ----------------------------------------------------------
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Gobierno presentó hoy públicamente el anteproyecto de ley de nuevo Código Penal, que será remitido en los próximos días al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y que incluye, entre otras propuestas, mantener la edad penal en 16 años, suprimir el sistema de reducción de condena por trabajo y eliminar el delito por imprudencia, salvo que se cometa contra personas.
Con el texto y el dictámen del GPJ, el Gobierno elaborará el definitivo proyecto de ley y lo enviará en las Cortes, en donde le espera un prolongado debate parlamentario a juzgar por las palabras del ministro de Justicia, Tomás de la Quadra, durante su presentación en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
De la Quadra repitió varias veces que el Gobierno quiere que la redacción del llamado "Codigo Penal de la democracia" se haga de forma "tranquila" y "consensuada" con el resto de las formaciones políticas, habida centa de que tiene que sustituir al actual, en vigor desde hace un siglo.
El proyecto del Ejecutivo consta de dos partes: general, que incluye un título preliminar y el libro I, y especial, con los libros II y III.
En el Código Penal vigente, explicó el ministro, figuran en primer lugar los delitos contra las instituciones y el orden público, y en último lugar los derechos y libertades ciudadanas; su sustituto está ordenado al revés.
El Gobierno ha querido con ello seguir el mismo orden de prlación de la Constitución de 1978, cuyos primeros capítulos están dedicados a los derechos, deberes y libertades de los españoles.
La primera novedad del nuevo Código es que se mantiene la edad penal en 16 años, en contra de algunas voces que solicitaban igualarla con la mayoría de edad civil, 18 años.
De la Quadra explicó que existen experiencias negativas en otros países que han subido la edad penal, en los cuales, dijo, "hay jóvenes de catorce años en la cárcel".
La segunda, que se elimin la redención de penas por trabajo. El código vigente, explicó Tomás de la Quadra, dispone unas penas nominales "muy altas", pero en la práctica no se cumplen por el sistema de beneficios penitenciarios.
En virtud de este sistema, un delincuente reduce dos días de pena por cada día de trabajo en el interior de la prisión y además el último cuarto de condena puede ser cumplido en libertad condicional, a criterio de las autoridades penitenciarias, con lo cual no cumple ni la mitad de su condena.
Elnuevo Código Penal eliminará esa redención por trabajo, con lo cual el recluso cumplirá, como mínimo, tres cuartas partes de su condena y sólo podrán disfrutar de libertad condicional a partir del último cuarto, a criterio de su buen comportamiento u otros de peligrosidad que determinen las autoridades.
Excepcionalmente, la Administración de Justicia se reserva la posibilidad de decretar la libertad condicional de un reo cuando haya cumplido dos terceras partes de su condena, "en atención a la especia consideración que merezcan las actividades desarrolladas por el interno".
LAS MULTAS, A PLAZOS
Cuatro son los nuevos tipo de pena: la multa, el arresto de fin de semana, la llamada "probation" o libertad a prueba, y las medidas de seguridad que afecta hoy en día a aquellos que no tienen responsabilidad penal completa (toxicómanos, menores o enfermos mentales).
El arresto de fin de semana se cumplirá en instituciones penitenciarias y persigue que no se rompan los lazos familiares y laborales delos delincuentes, para que sea más fácil su posterior reinserción social.
La multa, desprestigiada por discriminatoria, reconoció el ministro, ya que es de igual cuantía en función del delito y con independencia del poder adquisitivo del delincuente, será a partir de ahora "proporcional" a los recursos del condenado.
Además, en función de la situación económica, se podrá pagar a plazos de días, semanas o meses, a criterio del juez sancionador y el impago conllevará arresto sustitutorio.
La lbertad a prueba podrá ser aplicada a los deliencuentes condenados por primera vez y cuya pena no sea superior a dos años (tres para los drogadictos).
El juez podrá suspender la condena, pudiendo dictar en su caso la observancia obligatoria por parte del recluso de ciertas reglas de conducta, como comparecer periódicamente en el juzgado o no acudir a espectáculos multitudinarios.
Además, las penas de prisión inferiores a dos años podrán sustituirse, en el caso de delincuentes no habituales, por muta o arresto de fin de semana; en todo caso, las penas de prisión inferiores a seis meses de cárcel se sustituirán automáticamente.
Dentro del título III del libro I, el nuevo Código Penal clasifica las condenas en graves, menos graves y leves, en función de su duración.
Las únicas penas privativas de libertad son la prisión, de seis meses a 20 años (30 para narcotraficantes y terroristas, que no podrán reducir condena por ningún beneficio penitenciario), y el anunciado arresto de fin de semana, ara sábados y domingos.
El reo podrá ser condenado con la pena accesoria de no volver al lugar donde cometió el delito o al de residencia de la víctima, cuando se trate de delitos contra las personas, su libertad y seguridad, libertad sexual, honor, intimidad y propiedad.
Se establecen dos tipos de reincidencia: la del que delinque habiendo sido condenado previamente por un delito de la misma naturaleza y la del que condenado previamente con una pena igual o superior a la del delito que acaba de ometer.
(SERVIMEDIA)
14 Feb 1992
G