DROGAS. EL GOBIERNO REGULA EL FONDO DE BIENES DECOMISADOS POR TRAFICO DE DROGAS
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Consejo de Ministros aprobó hoy la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley or el que se regula el Fondo de Bienes Decomisados por el Tráfico Ilícito de Drogas y otros delitos relacionados.
El proyecto completa y mejora el marco que actualmente regula el Fondo, una Ley de 1995, resolviendo las deficiencias que se habían detectado, en algunos aspectos, en su aplicación. Asimismo, mejora y agiliza la administración del Fondo, y abre mayores posibilidades de actuación a los órganos que lo gestionan.
La Ley del Fondo ha supuesto, en los últimos años, un incremento importantede los recursos económicos destinados por la Administración a la lucha contra la droga.
Los bienes decomisados por el tráfico ilícito de drogas se destinan a la realización de programas de prevención de las toxicomanías, la asistencia a drogodependientes, la inserción social y laboral de estos, la intensificación y la mejora de las actuaciones de prevención, investigación, persecución y represión, y a la cooperación internacional en esta materia.
NOVEDADES
Entre las novedades destaca la ampliacón del ámbito de los bienes decomisados que se incluyen en el Fondo al incluir los decomisos por delitos de contrabando siempre que el objeto de éste sean drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sustancias catalogadas como precursores.
Asimismo, se permite que se puedan entregar a otros Estados, a instancias de los mismos, bienes decomisados en España. Además, se recoge que puedan integrarse en el Fondo los bienes entregados o cedidos por otros Estados que hayan sido decomisados ensus territorios. Todo ello de acuerdo con los Tratados Internacionales en vigor.
Se amplía el ámbito de los beneficiarios del Fondo incluyendo, junto a los Organismos Internacionales, las Entidades Supranacionales -como una realidad nueva surgida principalmente con la creación de la Unión Europea- y de los Gobiernos de otros Estados. La colaboración en la lucha contra las drogas es, en ocasiones, más intensa y frecuente en estos casos que con los Organismos Internacionales.
Se establece un procedmiento especial de colaboración por los órganos judiciales competentes con el objetivo de agilizar y facilitar la integración en el Fondo de los bienes, efectos, instrumentos y ganancias decomisados.
Los jueces o Tribunales tendrán, por ejemplo, la obligación de remitir a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, en un breve plazo, junto con la sentencia que declare el decomiso, otras resoluciones judiciales que tengan relevancia para la identificación y localización de los bienes relacionados con eltráfico de drogas o la documentación que permita apreciar, de forma más adecuada, su situación material o jurídica desde que se aprehende hasta su integración en el Fondo.
(SERVIMEDIA)
01 Mar 2002
L