LAS DONACIONES DE PARTICULARES A CRUZ ROJA ESPÑOLA TENDRAN UNA DESGRAVACION DEL 10 EN EL IRPF

MADRID
SERVIMEDIA

Las personas que realicen donaciones a Cruz Roja Española podrán deducir un 10 por ciento de esas cantidades en su Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas, como señala la Ley de Reforma del IRPF, de 6 junio 1991.

Idéntio tratamiento fiscal tendrán las cantidades donadas a la Iglesia Católica y a otras confesiones legalmente reconocidas, que hayan firmado con el Estado los acuerdos a que se refiere el artículo 16 de la Constitución.

También contarán con la desgravación del 10 por ciento las donaciones realizadas al Estado, las Comunidades Autónomas, las corporaciones locales, universidades públicas, fundaciones y asociaciones declaradas de utilización pública.

Fuentes de Cruz Roja Española señalaron a Servimediaque consideran muy positiva esta medida, que servirá de estímulo para la labor social que realiza la institución.

(SERVIMEDIA)
12 Jun 1991
EBJ