EL DISCAPACITADO QUE CAMBIE DE PAIS DENTRO DE LA UE PUEDE BENEFIIARSE DE LOS SUBSIDIOS DEL PAIS DE ACOGIDA, SEGUN FLYNN
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Los subsidios de discapacidad de un español en España no pueden ser "exportados" a otro país miembro de la Unión Europea, pero el discapacitado que cambie de país dentro de la UE puede beneficiarse de un régimen de subsidios igual al de los nacionales del país al que se traslade.
Así lo ha precisado el comisario europeo de Asuntos Sociales, Padraig Flynn, ante las acusaciones de "discriminación" formuladas pr un diputado europeo. "No hay discriminación por razón de nacionalidad -declaró Flynn- y esta situación no es contraria al principio de igualdad de trato".
Patricia McKenna, eurodiputada irlandesa del Grupo Verde, había interpelado a la Comisión Europea, alegando que el no poder disfrutar de las mismas ayudas de discapacidad al dejar el país de nacimiento constituía una discrininación.
En su respuesta, el eurocomisario cita una reciente sentencia del Tribunal Europeo de Justicia sobre el "caso Sares", un discapacitado británico que vivió en otro país de la UE. El Tribunal falló el 4 de noviembre pasado afirmando que la normativa europea actual no viola el artículo 51 del Tratado de Roma, que garantiza el pago de prestaciones a los residentes en otros países miembros.
(SERVIMEDIA)
19 Ene 1998
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