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EL DIRECTOR GENERAL DE TRÁFICO PIDE LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL EN MATERIA DE DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRÁFICO

MADRID
SERVIMEDIA

El director general de Tráfico, Pere Navarro, pidió hoy la reforma del Código Penal en materia de delitos contra la seguridad del tráfico, en su comparecencia ante la Comisión de Seguridad Vial del Congreso de los Diputados.

Navarro centró su intervención en tres aspectos que considera básicos para la mejora de la seguridad vial: conducción y consumo de alcohol, excesos de velocidad y conducción cuando el permiso ha sido retirado.

En cuanto a la conducción y consumo de alcohol, propuso, primero, establecer una tasa y límite fijos a partir de los cuales se tipifique la existencia de delito y no dependa de si se considera que un conductor circulaba "bajo los efectos de bebidas alcohólicas", y segundo, a partir de las reformas propuestas, tratar de dar coherencia al sistema y que el infractor no prefiera que se le aplique la vía penal, por ser más leve, antes que la administrativa, por ser esta más punitiva.

Navarro defendió también cambiar la fórmula utilizada hasta ahora de "conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas" por la consideración de delito en todo caso a partir de la tasa de 1 gramo de alcohol por litro de sangre, es decir, el doble de la tasa máxima permitida para conducir vehículos.

El director general de Tráfico propuso concretar el "exceso desproporcionado de velocidad", entendiendo como tal todo exceso en más de 60 kilómetros a la hora sobre el límite establecido y como concreto peligro para la vida y la integridad de las personas, independientemente del consumo de alcohol.

Así se consideraría, en todo caso, delito la circulación a velocidades de más de 180 km/h en autopistas y autovías en que el límite genérico es de 120 km/h, o de más de 160 en carreteras convencionales, o de más de 110 en vías urbanas.

CARNÉ POR PUNTOS

El 1 de julio entrará en vigor el sistema de permiso para conducir por puntos. Los conductores reincidentes perderán el crédito de 12 puntos que el sistema otorga a cada uno, por lo que tendrán que permanecer sin conducir durante seis meses y volverán a examinarse para obtener nuevamente el permiso.

Si a pesar de haberse quedado sin permiso los conductores infractores continúan conduciendo y no existe una medida coercitiva, el sistema de permiso por puntos perderá eficacia, según el director general.

Para dar solución a este problema, Navarro cree que podrían aplicarse diversas fórmulas, como la incorporación de un artículo específico, dando consideración penal a la conducción habiendo sido privado del permiso de conducir por suspensión o cancelación.

Otra posibilidad, añadió el director general de Tráfico, sería tipificar como desobediencia a la autoridad el hecho de conducir habiendo sido el permiso suspendido o cancelado por pérdida de los puntos por resolución administrativa firme.

(SERVIMEDIA)
22 Feb 2006
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