DIMITE EL DIPUTADO DEL PP CONDENADO POR QUEDARSE CON LA INDEMNIZACION DE UN CLIENTE DE SU DESPACHO DE ABOGADOS

- El fallo del Supremo considera probado que ocultó a la familia de un fallecido en accidente la existencia de dos millones de pesetas en compensación

MADRID
SERVIMEDIA

El diputado del PP por Toledo y abogado, José Antonio Bermúdez Alonso, anunció esta tarde que deja su escaño tras ser condenado por el Tribunal Supremo por haberse qudado con una indemnización de dos millones que correspondía a los herederos de un hombre que murió en accidente de tráfico en diciembre de 1989. La familia había contratado sus servicios y el Supremo considera ahora probado que el letrado les ocultó la existencia del dinero.

A pesar de este fallo, el parlamentario ha ofrecido esta tarde una rueda de prensa en Talavera de la Reina (Toledo), donde en anteriores legislaturas fue teniente de alcalde, en la que ha asegurado que el no es un ladrón y que no e ha quedado con dinero de nadie.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo condena a Bermúdez Alonso a pagar 5.250.000 pesetas a la viuda e hijos del fallecido (3.800.000 pesetas de hoy por los dos millones que no llegaron hace diez años a sus clientes, más 1.450.000 por perjuicios morales a la familia). Además le impone dos años de inhabilitación para el ejercicio de la abogacía, por un delito de desealtad profesional.

Bermúdez se ofreció a la familia del fallecido para asesorarles y, sin el concimiento de éstos, dice el fallo, llegó a un acuerdo con la aseguradora para lograr una indemnización de dos millones, cantidad de la que descontó la minuta de su despacho, 750.000 pesetas.

El abogado no llamó a sus clientes para que fuesen a recoger el dinero, el cual guardó posteriormente en su despacho e ingresó, un año más tarde (justo cuando fue denunciado por sus antiguos defendidos) en un juzgado para que fuese recogido por la familia del fallecido.

La familia de la víctima, al ver que no ecibía noticias de Bermúdez, decidieron acudir a otro abogado, quien consiguió abrir de nuevo la causa y que un juzgado condenara a la aseguradora a pagarles 8 millones de pesetas. La aseguradora pagó sólo seis, puesto que ya había abonado los dos millones que había negociado de indemnización con Bermúdez.

NO FUE APROPIACION INDEBIDA

El Supremo rechaza que Bermúdez cometiese apropiación indebida, dado que no lo hizo "definitivamente suyo" incorporándolo a su patrimonio. En todo caso, sostiene el Alt Tribunal, el diputado sólo lo mantuvo en su poder durante un largo periodo de tiempo, lo que sugiere una "retención temporal aunque ciertamente desleal y abusiva".

Para el Supremo, resulta "harto difícil que (Bermúdez) no fuese consciente de que estaba perjudicando a sus clientes durante el año largo que tuvo en su despacho una cantidad que les pertenecía [...] pues no es verosímil que en el despacho del acusado estuviese olvidada, entre los papeles de un expediente, la no desdeñable suma de 1.250.00 pesetas".

La "singular manera" que Bermúdez tuvo de velar por los intereses de sus clientes, dice el fallo, hizo que éstos hayan sufrido el "intolerable retraso" con que se les ha reconocido el derecho a la indemnización y un daño moral.

En este sentido, destaca la "comprensible angustia, inseguridad, desconfianza y desánimo con que (los familares de la vícitma) han percibido durante largos años, desde la presumible modestia de sus posiblidades económicas y su escaso conocimiento del mundo jurídco, cómo el tiempo pasaba y sus legítimas expectativas se demoraban cada vez más y, en ocasiones, parecían desvanecerse".

Según el Alto Tribunal, la "gravedad de la negligencia" de Bermúdez en este caso llegó a alcanzar "el grado más reprochable de la culpa". Por eso le impone dos años de inhabilitación como abogado (pena máxima establecida por la ley para casos de deslealtad profesional por imprudencia grave) y una multa de 270.000 pesetas.

(SERVIMEDIA)
02 Jun 1999
VBR