DESTERRADO DE SANTANDER POR INJURIAR GRAVEMENTE A SU ABOGADA, A LA QUE DEBERA INDEMNIZAR CON UNA PESETA
- El condenado sólo podrá entrar en la ciudad en casos de "estricta necesidad o urgencia"
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Un juzgado de Santander ha condenado a Ramón G.Ll. a una pena de seis meses de destierro de la capital cántabra, en la que sólo podrá entrar en casos de "estricta necesidad o urgencia", como autor de un delito de injurias graves contra su abogad, al tiempo que le condena al pago de una peseta en concepto de indemnización.
La sentencia, dictada por el magistrado del Juzgado de lo Penal número 2 de Santander, Javier Cruzado, considera probado que el condenado profirió contra María Luisa L.R. graves insultos y amenazas con el ánimo de "desprestigiar y ofender" a la letrada al no estar de acuerdo con una minuta profesional.
Los hechos se produjeron en junio de 1988, cuando Ramón G.Ll. se personó en el domicilio de la abogada, que en esos moentos se encontraba en estado de avanzada gestación, y le exigió que le devolviera el dinero que "había robado a su esposa".
Una semana después, el desterrado acudió a la oficina bancaria donde el esposo de la letrada ejercía de director e insultó a éste. Desde ese momento, según la sentencia, el matrimonio venía recibiendo llamadas telefónicas y cartas amenazantes del condenado.
El magistrado Javier Cruzado considera que las expresiones vertidas por Ramón G.Ll. deben ser tipificadas como un delio de injurias graves, por no tratarse de un incidente aislado producto de la excitación, sino "un conjunto de ofensas reiteradas y meditadas ajenas por tanto a cualquier momento de ofuscación, desprendiéndose por ello una verdadera intención de ofender y dañar".
(SERVIMEDIA)
16 Feb 1995
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