DESEMPLEO. TRABAJO MANTIENE LA COBERTURA DE PARO EN ELCONTRATO DE INSERCION
- Los sindicatos denunciaron que este contrato dejaría de tener protección con la reforma
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ha aceptado que el contrato de inserción siga generando derecho a la prestación por desempleo, según se recoge en el Anteproyecto de Ley de Empleo, al que tuvo acceso Servimedia.
Dicho texto fue aprobado por el Gobierno el pasado 24 de mayo, junto al decreto de reforma del sistema de prestaciones por desempleo. En el caso de la futura Ley de Empleo, el Ejecutivo decidió aprobar un anteproyecto de ley que remitió para su análisis al Consejo de Estado y que ha sido también enviado al Consejo Económico y Social (CES) para que, por la vía ordinaria, dictamine sobre la nueva ley.
Además de contemplar la regulación de los Servicios Públicos de Empleo, adaptándolos a la realidad del Estado autonómico no contemplada en la actual normativa, que data de 1980, el texto hace referencia a una serie de políticas activa de empleo encaminadas a mejorar la ocupabilidad de los desempleados.
La medida principal en esta materia hace referencia al contrato de inserción y se encuentra regulada en la "Disposición Final Tercera", que modifica el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, en concreto su punto 15.1.d).
Con ello, el Gobierno extiende el contrato de inserción a "una Administración Pública o una Entidad privada, sin que la ley especifique si ésta ha de tener fines lucrativos o no", según consta en la emoria explicativa del anteproyecto.
De este modo, el contrato de inserción podría extenderse hasta la empresa privada, algo que no sucedía actualmente. Sin embargo, y en contra de lo manifestado en un principio por los sindicatos, este contrato sí generará derecho a prestación por desempleo para las personas que se acojan al mismo.
Esta modalidad persigue "mejorar la ocupabilidad de los demandantes de empleo, facilitándoles una práctica profesional formativa que les permita integrarse en el mercdo ordinario de trabajo, viniendo determinada la causa temporal del contrato por la adquisición de dicha práctica profesional".
Este contrato se dirige a aquellos colectivos que tienen especiales dificultades para integrarse en el mercado laboral, principalmente jóvenes, mujeres, inmigrantes y personas con discapacidad.
Los servicios públicos "financiarán a través de las partidas de gasto que correspondan, los costes salariales y de Seguridad Social de estas contrataciones, subvencionando, a efecos salariales, la cuantía equivalente a la base mínima del grupo de cotización a que corresponda la categoría profesional desempeñada por el trabajador y, a efectos de Seguridad Social, las cuotas derivadas de dichos salarios, todo ello con independencia de la retribución que finalmente perciba el trabajador".
(SERVIMEDIA)
05 Jun 2002
J