DESEMPLEO. EL TC ANALIZA LA POSIBLE INCONSTITUCIONALIDAD DEL "DECRETAZO"
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El Tribunal Constituciona ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad sobre "posibles violaciones" de la Carta Magna ocasionadas por el "decretazo" de reforma de la protección por desempleo presentada por el Juzgado de lo Social número dos de Badajoz.
En la providencia del Alto Tribunal, a la que ha tenido acceso Servimedia, asegura que se admite a trámite la cuestión en cuanto a la posible inconstitucionalidad de su artículo 2.3 "en cuanto que modifica el artículo 56, números 1 y 2 del Estatuto de los Trabajadoes, por posible violación de los artículos 14, 24, 35.1 y 86.1 de la Constitución".
Según fuentes jurídicas consultadas por Servimedia, la regulación establecida en el decreto sobre los salarios de tramitación, que los limitaba a los casos de readmisión del empleo, vulnera el principio de igualdad que consagra el artículo 14 de la Constitución Española.
Con esta alteración, que posteriormente ha sido corregida en la tramitación parlamentaria de la reforma, se considera como salario "una percepció en caso de despido que el resto de la legislación laboral y de Seguridad Social, el Tribunal Supremo y la doctrina científica, unánimemente, califican como indemnización".
El Constitucional también atiende la "posible violación" del artículo 24 de la Constitución, según la providencia, en el que se consagra el derecho a la tutela judicial efectiva.
La cuestión planteada por el juzgado de Badajoz también hace referencia al mecanismo empleado por el Gobierno para presentar la reforma, al no observrse la situación de "extraordinaria y urgente necesidad" que el artículo 86.1 de la Carta Magna exige para los decretos leyes, un procedimiento que utilizó el Gobierno de José María Aznar para acelerar la puesta en marcha de sus medidas de reforma del desempleo.
El cuarto de los puntos sobre los que el juez de Badajoz plantea la citada cuestión de constitucionalidad es el 35.1 de la Carta Magna, que establece "la libre elección de profesión y oficio" para todos los españoles.
Según las fuentes juídicas consultadas por Servimedia, la reforma del Gobierno, en el sentido que "daba discrecionalidad" al INEM para "obligar a aceptar ofertas de empleo consideradas adecuadas" vulneraría el citado punto.
A pesar de que el Gobierno modificó varios aspecto del citado decreto-ley, se mantienen algunos puntos, lo que mantendría la validez de la cuestión de inconstitucionalidad presentada por el juez de Badajoz en lo referido al uso del decreto-ley y de la supuesta discrecionalidad de los servicios público de empleo para obligar a los parados a aceptar una oferta.
(SERVIMEDIA)
14 Dic 2002
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