DESDE MAÑANA, LOS PRESOS PODRAN OBTENER EL REGIMEN ABIERTO DE FORMA INMEDIATA

MADRID
SERVIMEDIA

Los presos que no tengan cumplida la cuarta parte de la totalidad de su condena podrán obtener a partir de mañana el tercer grado sin necesidad de permanecer un mínimo de dos meses en prisión, tal como está establecido en la actualidad, según unreal decreto del Ministerio de Justicia publicado hoy en el "Boletín Oficial del Estado" y que entrará en vigor mañana.

Este real decreto, aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 8 de octubre, modifica el artículo 251 del Reglamento Penitenciario, suprimiendo la exigencia de que los internos permanezcan un mínimo de dos meses en prisión con el fin de ser sometidos a un estudio, antes de obtener el tercer grado.

Con la nueva redacción, el citado artículo señala que el tiempo de estudio del reso en el centro "será el suficiente para que se obtenga un adecuado conocimiento del interno, de la previsión de conducta y de la consolidación de factores favorables".

Al igual que el anterior artículo, indica que para obtener el tercer grado será necesario que concurran favorablemente calificadas las otras variantes intervinientes en el proceso de clasificación, valorándose especialmente la primariedad delictiva, buena conducta y madurez o equilibrio personal.

El nuevo artículo del ReglamentoPenitenciario establece, asimismo, que "las resoluciones que se adopten al amparo de lo establecido en el presente precepto y que impliquen el pase de un penado al tercer grado, se notificarán al ministerio fiscal", recogiendo así la observación en este sentido que aprobó por unanimidad el Consejo General del Poder Judicial en su reunión del pasado 22 de septiembre.

Este proyecto de flexibilización del régimen de concesión del tercer grado contó con el rechazo inicial del Ministerio de Defensa, que cosideraba que podría favorecer la insumisión ya que dejaba entender que no habría consecuencias para los insumisos aunque se negasen a cumplir el servicio militar ni la prestación social sustitutoria.

Asimismo, basaba sus objeciones en razones de oportunidad, ya que, a su juicio, no era conveniente eliminar ese plazo mínimo de dos meses de permanencia en prisión porque podía crear situaciones de desigualdad de trato respecto a los soldados a los que se les impone una sanción de arresto.

(SERVIMEDIA)
01 Oct 1993
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