DESAPARECIDOS. CARDENAL DICE QUE GARZON NO TIENE COMPETENCIA Y PIDE QUE SE ACLARE EL SMARIO DE CHILE ANTES DE SEGUIR INTRUYENDO

- Niega definitivamente la competencia de los tribunales españoles para el caso de Argentina

- Limita la cuestión de Chile a delitos de terrorismo entre los años 1985 y 1989

MADRID
SERVIMEDIA

El fiscal general del Estado, Jesús Cardenal, apoyó hoy el informe elaborado por su secretaría técnica en el que se niega la competencia de la Justicia de nuestro país para seguir instruyendo el sumario abierto por la desaparición de españoes durante la dictadura argentina.

En el informe, al que ha tenido acceso Servimedia, se limita además la investigación sobre los desaparecidos durante la dictadura chilena a los crímenes considerados como terrorismo cometidos entre 1984 y 1989, si bien la Fiscalía confía en delimitar claramente a qué delitos se refiere antes de seguir instruyendo el caso.

Respecto al sumario referido a Argentina, que instruye el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, el informe de la Fiscalía dice que nose puede juzgar con una ley española del año 1985 hechos sucedidos anteriormente.

Además, subraya que la nacionalidad de las víctimas de un supuesto delito de genocidio "es un dato que no interesa para nada a la vigente legislación" y sólo existiría competencia de nuestro país si aparece un posible responsable de delitos de nacionalidad española.

Ante esta resolución, diversas fuentes jurídicas que representan a las acusaciones en este proceso coincidieron en señalar a Servimedia que la posición e la Fiscalía es un "auténtico espectáculo bochornoso muy difícil de entender".

"Suponemos que pueden existir presiones contra este caso, pero nunca la Fiscalía podría atender esta posibilidad. Es entendible en las defensas, pero nunca en la Fiscalía", insistieron los defensores de los españoles desaparecidos durante la dictadura argentina.

TERRORISMO EN CHILE

En cuanto a los crímenes perpetrados en Chile durante la dictadura de Pinochet, el informe de la Fiscalía, refrendado por Jesús Cardenal limita la investigación que sigue el juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón a delitos de terrorismo que puedan haber sido perpetrados a partir de julio de 1985, fecha en la que entró en vigor la Ley Orgánica del Poder Judicial en nuestro país.

"No se pueden juzgar hechos anteriores ni conexos a éstos", subraya el informe, que quiere además aclarar el concepto de terrorismo y limitarlo a la acepción de la ley española.

En este sentido, el informe de la Fiscalía no arroja luz sobre a decisión final de la competencia o no de los juzgados españoles y señala que existen lagunas y es necesario un pronunciamiento de los órganos jurisdiccionales antes de continuar instruyendo.

(SERVIMEDIA)
13 Ene 1998
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