LA DEFENSORA DEL PUEBLO NO PRESENTARA RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LA REFORMA LABORAL
- Recomienda al Ministerio de Trabajo exista proporcionalidad, a efectos de prestaciones de la Seguridad Social, entre los contratos a tiempo parcial y los de a tiempo completo
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La defensora del Pueblo, Margarita Retuerto, anunció hoy que no interpondrá un recurso de inconstitucionlidad contra la reforma laboral, petición que le habían formulado los sindicatos UGT y CCOO, avalados por un grupo de abogados y profesores y catedráticos de Derecho del Trabajo.
Los líderes de CCOO, Antonio Gutiérrez, y de UGT, Cándido Méndez, entregaron el pasado 29 de julio un documento a la defensora del Pueblo en el que recogían once motivos de inconstitucionalidad en las tres leyes que integran la reforma laboral, de los que una parte importante hacen referencia al contrato de aprendizaje y el d a tiempo parcial.
La defensora del Pueblo indica que, tras un detenido estudio, contenido en una resolución de 225 páginas, no ha encontrado fundamentos jurídicos "suficientes" para interponer recurso de inconstitucionalidad contra las leyes de la reforma laboral.
Sin embargo, Retuerto ha considerado necesario remitir al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social algunas recomendaciones sobre la reforma laboral, entre las que figura la de que se guarde la proporcionalidad, a efectos de las prestacones de la Seguridad Social, entre los contratos a tiempo parcial y los contratos a tiempo completo.
También aconseja al ministerio que los trabajadores que hayan cumplido dos o más contratos a tiempo parcial, que aisladamente no superen las 12 horas semanales o 48 al mes, pero que en su conjunto rebasen esa duración, tengan la misma protección de la Seguridad Social que el resto de trabajadores.
Igualmente, la defensora del pueblo recomienda que se regulen los supuestos concretos de acceso a losregistros y archivos de las Administraciones públicas por parte de las organizaciones sindicales con capacidad para promover elecciones sindicales, así como el uso que puede darse a estos datos.
Retuerto considera también conveniente la extensión de la contratación temporal a los parados menores de 45 años que lleven inscritos, al menos, un año en las oficinas del Inem y que no sean perceptores de prestaciones por desempleo.
La defensora del Pueblo no hace ninguna recomendación relacionada con elcontrato de aprendizaje, que, a juicio de UGT y CCOO, discrimina por razón de la edad en el salario a los menores de 18 años y también es discriminatorio en materia de protección social, ya que los aprendices no cobran por Incapacidad Laboral Transitoria (ILT) -sólo maternidad- ni desempleo ni prestaciones familiares.
Los sindicatos también consideran discriminatorios los contratos a tiempo parcial con respecto a los completos, por que sólo computan a efectos de la Seguridad Social los días trabajados mientras a los otros les cuentan los domingos, festivos y vacaciones. Además, denuncian que los contratos a tiempo parcial de menos de 12 horas a la semana o 48 al mes tienen una protección social menor que los contratos a tiempo completo.
En el documento entregado a la defensora del Pueblo, UGT y CCOO también apuntaron como inconstitucionales algunos aspectos de la reforma relacionados con los trabajadores comunes, como la violación del derecho a la tutela judicial al considerar que el despido sin crta es improcedente y no nulo, y con los delegados sindicales y el derecho a la negociación colectiva.
(SERVIMEDIA)
23 Ago 1994
NLV