DEFENSA DE LA COMPETENCIA RECHAZA UNA DENUNCIA CONTRA TVE POR EMITIR PUBLICIDAD DE RNE

MADRID
SERVIMEDIA

El Ente Público RTVE puede realizar campañas publicitarias de Radio Nacional en Televisión Española sin incurrir por ello en una práctica contraria al libre mercado, según una resolución dictada el pasado 8 de febrero por el Tribunal de Defensa de la Competencia.

La resolución, a la que tuvo acceso Servimedia, desestima la denuncia presentada por la Asociación Española de Radiodifusión Privada (AERP) por supuestas prácticas restrictivas de la competencia de las que sería responsabl TVE, al haber emitido gratuitamente una campaña publicitaria a favor de Radio Nacional.

En opinión de la asociación denunciante, las campañas publicitarias de TVE en apoyo de RNE suponen un abuso de posición dominante en el mercado contrario tanto a la legislación nacional como a la comunitaria.

La resolución del tribunal señala que RTVE, en la fecha de interposición de la denuncia (14 de julio de 1989), gozaba efectivamente de una posición de dominio en el mercado de la publicidad emitida por tlevisión, pero eso "no está prohibido ni por el precepto comunitario ni por el nacional", mientras no exista abuso de esa situación.

A su juicio, la campaña publicitaria de TVE en favor de RNE ha podido influir en la audiencia de esta radio pública, pero no supone abuso de su posición en el mercado por "el hecho probado de que la iniciativa para llevar a cabo una campaña publicitaria de este tipo corresponde a RTVE".

"Nada se opone -añade el tribunal- a que RTVE decida llevar a cabo una campaña pblicitaria de RNE en TVE, si puede sufragarla".

INGRESOS COMERCIALES

Asimismo, el tribunal entiende que, "de la información facilitada por TVE y RNE y de las facturas aportadas por las partes se deduce que TVE no realiza ninguna contratación de publicidad, función ejercida por la Gerencia de Publicidad del Ente Público RTVE".

Además, como "ni TVE ni RNE obtienen ingresos comerciales, sino que ambas se financian mediante una subvención a la explotación que reciben de RTVE", no existe autonomía d decisión "para que pueda producirse un acuerdo, entre dos o tres partes, que resulte restrictivo de la competencia".

En conclusión, el tribunal entiende que "la decisión de RTVE de llevar a cabo una campaña publicitaria de RNE en TVE no puede calificarse de abusiva y que las consecuencias económicas de la decisión de RTVE de facturar o no los servicios publicitarios en TVE a RNE son insignificantes a los efectos que importan a los denunciantes afectados".

(SERVIMEDIA)
09 Mar 1991
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