LOS COSMETICOS NO SE PUEDEN VENDER EXCLUSIVAMENTE EN FARMACIAS, SEGUN L TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal de Defensa de la Competencia a resuelto a favor de la Asociación Nacional de Medianas y Grandes Empresas de Distribución (ANGED) el expediente incoado contra 44 empresas por la comsión de prácticas restrictivas de la competencia, consistentes en la distribución de cosméticos exclusivamente en farmacias, y en la fijación de precios de venta al público.

Según informaron hoy fuentes de ANGED, la resolución de este tribual declara la existencia de una práctica restrictiva de la competencia, conforme al artículo 1.1 de la Ley de la defensa de la Competencia y del artículo 85.1 del tratado de la UE, a la vez que recomienda a las empresas para que cesen en esta práctica y se abstengan de realizarlas en lo sucesivo.

También ordena a estas empresas que "dejen de emplear en la publicidad de sus productos la expresión 'sólo en farmacias' u otras semejantes que puedan inducir a los consumidores a pensar que el producto se vede exclusivamente en farmacias".

Según ANGED, la resolución es difinitiva en vía administrativa, por lo que se procede a su ejecución. Para la patronal de las empresas de distribución, el Tribunal de Depensa de la Competencia pone fin a prácticas restrictivas de la competencia, en beneficio de la libertad de mercado y de los consumidores.

(SERVIMEDIA)
02 Ago 1996
EBJ