LA COORDINADORA GAY-LESBIANA DENUNCA LA DESPROTECCION JURIDICA QUE SUFREN LAS PAREJAS HOMOSEXUALES EN ESPAÑA
- Relaciones económicas de la pareja (gestiones para legalizar la propiedad común de bienes materiales o gananciales).
- Sucesiones (gestiones para prevenir que, en caso de muerte de un miembro de la pareja, el sobreviviente no sea desposeido de los bienes comunes por parte de los herederos "legales").
- Problemas de nacionalización del compañero extranjero, especialmente si es ajeno a la Comunidad Europea (CE). Sin solución lega posible mientras no se reformen varias leyes.
- Tampoco la ley reconoce el derecho de subrogación del contrato de vivienda en caso de muerte del titular. Así se dan casos de expulsiones de la vivienda común tras la defunción de ese miembro de la pareja.
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La Coordinadora Gay-Lesbiana contabilizó durante el año 1992, más de 150 consultas relacionadas con la desprotección jurídica de las parejas homosexuales en España, según un estudio hecho publico hoy por la Asesoria Jurídica de esta organización.
En este estudio se denuncia, entre otros problemas, la existencia en España de parejas de hecho que no tienen derecho de sucesión, de nacionalizació de compañero extranjero, ni de subrogación del contrato de vivienda en caso de muerte del titular.
Actualmente, según la Coordinadora Gay-Lesbiana, no existe ningún reconocimiento legal que ampare a las parejas homosexuales y en definitiva, salvo la ampliación de los servicios de seguridad social al conviviente en parejas de hecho heterosexuales, el mismo vacío legal perjudica a parejas no matrimoniales heterosexuales.
Los principales problemas detectados en las 151 consultas atendidas por la Assoría Jurídica de la Coordinadora Gay-Lesbiana en 1992 fueron:
- Relaciones económicas de la pareja (gestiones para legalizar la propiedad común de bienes materiales o gananciales).
- Sucesiones (gestiones para prevenir que, en caso de muerte de un miembro de la pareja, el sobreviviente no sea desposeido de los bienes comunes por parte de los herederos "legales").
- Problemas de nacionalización del compañero extranjero, especialmente si es ajeno a la Comunidad Europea (CE). Sin solución lega posible mientras no se reformen varias leyes.
- Tampoco la ley reconoce el derecho de subrogación del contrato de vivienda en caso de muerte del titular. Así se dan casos de expulsiones de la vivienda común tras la defunción de ese miembro de la pareja.
En general, según la Coordiandora, esta situación de desigualdad se ve agravada por la incidencia del sida en parejas gays.
Jordi Petit e Isabel Castro, secretarios generales de la Coordiandora Gay-Lesbiana, afirmaron que esta organización vene reclamando desde hace años en nuestro país, la equiparación de derechos de las parejas de hecho respecto a los matrimoniales, ya que se trata de reconocer legalemente algo que forma parte de la realidad social, y si dos personas viven fuera del vínculo matrimonial, ello no debe suponer pérdida de derechos, puesto que según la Constitución rige el principio de igualdad y no discriminación.
Finalmente, la Coordinadora señala que el único caso de pleno reconocimiento de derechos laborales para pareja de hecho homo o heteroxesuales se dió en el convenio del Ayuntamiento de Sabadell, cuyos tabajadores tienen reconocidos tales derechos en caso de formación de pareja (15 días de vacaciones) e indemnización por muerte o enfermedad por causa laboral).
(SERVIMEDIA)
11 Mar 1993
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