COOPERACION. EL GOBIERNO ENDURECE LOS REQUISITOS QUE LAS ONG DEBEN CUMPLIR PARA ACCEDER A SUBVENCIONES
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l Gobierno ha endurecido los requisitos que deben cumplir las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) para acceder a subvenciones estatales destinadas a financiar proyectos de cooperación en el Tercer Mundo y en países en vías de desarrollo.
Los nuevos requisitos, detallados en una orden del Ministerio de Asuntos Exteriores que hoy publica el Boletín Oficial del Estado (BOE), tienen como objetivo ejercer "un control más estricto sobre estos fondos", según consta en la orden ministerial.
Las ONG n podrán recibir subvenciones, con carácter general, que superen el 80 por ciento del coste del proyecto, cuando hasta ahora podían financiar sus programas obteniendo el 100 por ciento de la inversión necesaria a través de la subvención pública.
Además, las organizaciones que se presenten por primera vez a las convocatorías de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberomérica o no hayan recibido antes subvenciones no podrán presentar más de dos proyectos en cada convocatoria,y la subvención total solicitada no podrá exceder de los 20 millones de pesetas.
Respecto a aquellas ONG que obtengan una financiación acumulada superior a los 30 millones, en la convocatoria del siguiente año deberán presentar los resultados de una auditoría externa sobre su gestión, si bien la obligación de realizar auditorías es extensible a todas las organizaciones siempre que lo soliciten las entidades encargadas del seguimiento de los proyectos.
En todos los casos los proyectos que deseen rcibir subvenciones tendrán que ir acompañados de un estudio de viabilidad económica, social y administrativa, así como un detallado desglose presupuestario.
Entre las modificaciones en los requisitos que se exigirán a partir de ahora a las organizaciones no gubernamentales que soliciten ayuda de la Administración central para financiar proyectos de cooperación internacional también destaca la exigencia de que lleven funcionando al menos cinco años, y no dos como hasta ahora.
Asimismo, aquellas ON que cumpliendo la antigüedad mínima reciban la subvención exigida, deberán acreditar previamente haber finalizado la ejecución de al menos seis proyectos de cooperación al desarrollo.
Los programas de ayuda deberán iniciarse en un plazo máximo de dos meses, con carácter general, tras la percepción efectiva de los fondos de la correspondiente subvención, y la ONG beneficiaria está obligada a presentar un informe semestral sobre la ejecución del proyecto cuando la subvención supere los 25 millones de psetas.
En el caso de que la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica estime injustificado el retraso en la finalización de un determinado programa, podrá exigir devolución de los fondos consumidos.
(SERVIMEDIA)
18 Jul 1996
GJA