CONSUMO RECUERDA QUE EN PERIODO DE REBAJAS HAY EXIGIR LOS MISMOS DERECHOS QUE EN CUALQUIER OTRA ÉPOCA
- Mañana se inician las rebajas de verano en la mayoría de las regiones
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El Ministerio de Sanidad y Consumo recordó hoy a los ciudadanos que ninguno de los derechos que protegen al consumidor pierde vigor durante la época de rebajas, que comienza mañana en la mayoría de las comunidades autónomas.
El periodo de rebajas durará, a elección del comerciante, entre un mínimo de una semana y un máximo de dos meses, dentro del plazo establecido por cada Comunidad Autónoma en su ámbito territorial.
Consumo señaló también que las rebajas pueden coincidir con otras modalidades comerciales, esencialmente diferentes, como son los saldos (en los que se ofrecen productos que, por antiguos o deteriorados, se venden a menor precio) o las liquidaciones, en las que se venden todas las existencias a bajo precio por razones excepcionales, como cierre del negocio o cambio de actividad, por ejemplo.
Entre las recomendaciones generales del Ministerio de Sanidad y Consumo se incluye la de recordar la necesidad de conservar el comprobante de compra, imprescindible para disfrutar de los derechos concedidos a los consumidores por la Leyde Garantías en la Venta de Bienes de Consumo, y efectuar reclamaciones si fuera necesario.
OTROS CONSEJOS
Igualmente, recuerda que la disminución de precio no puede suponer una merma de la calidad. Así, si el artículo tiene algún defecto, no responde a las características y calidad anunciadas, no ofrece la utilidad que ordinariamente ofrecen los bienes del mismo tipo o no es apto para el uso requerido por el consumidor y admitido por el comerciante, el vendedor está obligado a la reparación del bien, a su sustitución por otro idéntico sin taras, a la rebaja del precio o, en su caso, a la devolución del importe pagado.
Puesto que la ley sólo obliga al comerciante a cambiar lo ya vendido en los casos mencionados, es recomendable consultarle previamente si, por problemas de talla o por otras circunstancias, admite devoluciones, y, de ser así, si la compensación se haría con la compra de otro producto, con la entrega de un vale de compra o con la devolución del dinero.
En época de rebajas, el comercio está obligado a admitir, sin ningún recargo, tarjetas de crédito o débito, si las anuncia, igual que en cualquier otra época del año.
Los productos que se ofrecen en rebajas deben haber estado a la venta con anterioridad, durante un mes como mínimo, a un precio normal, sin ofertas, y en su etiquetado ha de figurar con claridad el precio anterior y el correspondiente a las rebajas, además de la información obligatoria sobre las características del producto e instrucciones de uso.
En este sentido, el ministerio aconseja elegir los establecimientos que ofrecen todos los artículos debidamente etiquetados y exhiben el distintivo del Sistema Arbitral de Consumo, que garantiza una resolución fácil y rápida en caso de desavenencias con el vendedor.
Asimismo, Consumo insiste en la necesidad de racionalizar el gasto frente a la demanda creada artificialmente por la avalancha publicitaria y practicar un consumo responsable, evitando compras innecesarias o compulsivas.
Ante una posible reclamación, en caso de que no sea atendida por el comerciante, el consumidor podrá acudir al arbitraje de consumo, bien directamente ante una junta arbitral de consumo, bien a través de una asociación de consumidores, la Oficina Municipal de Información al Consumidor de su ayuntamiento o las Oficinas de Consumo de la Comunidad Autónoma.
(SERVIMEDIA)
30 Jun 2005
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