CONSUMO FOMENTARÁ LA MEDIACIÓN, REGULÁNDOLA COMO UN ACTO PREVIO AL ARBITRAJE
- Según lo acordado en la conferencia sectorial de esta materia
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La Conferencia Sectorial de Consumo ha aprobado un borrador que introduce modificaciones en el Sistema Arbitral de Consumo (SAC) como la regulación de la mediación, que ahora se incluye en el proceso de resolución extrajudicial de conflictos en el ámbito del consumo, como fase previa al arbitraje.
Si, tras este acto de mediación, las partes no alcanzan un acuerdo o rechazan a los mediadores, se inicia el procedimiento arbitral, constituyéndose el colegio de tres árbitros que habrán de dictar el laudo.
Por otra parte, cuando los conflictos sean de menor cuantía o complejidad, la nueva regulación permite que puedan resolverse por órganos unipersonales.
En opinión del ministerio de Sanidad y Consumo, el fomento de la mediación y la posibilidad de que intervenga un solo árbitro contribuyen, además, a la racionalización de los costes del SAC.
Otra modificación del sistema arbitral se refiere a las competencias de la Junta Nacional de Arbitraje, que atenderá los conflictos suprarregionales cuando afecten a un volumen importante de consumidores, así como los recursos de alzada frente a resoluciones de las juntas territoriales sobre la admisión o no a trámite de las solicitudes de arbitraje en determinadas materias.
También será de su competencia, entre otros aspectos, la elaboración de recomendaciones ante laudos contradictorios en distintas juntas.
El borrador prohíbe con carácter general las ofertas públicas de adhesión de empresas al SAC que establezcan limitaciones o excepciones. Señala que esas empresas sólo podrán admitirse en circunstancias excepcionales y en esos casos se les podrá negar el uso del distintivo de adhesión u otorgarles uno en el que conste con claridad el carácter limitado de la oferta.
Otra novedad es la creación del registro central de empresas adheridas, en el que deberán constar todas las empresas que lo estén a través de cualquiera de las juntas arbitrales.
También se prevé establecer incentivos a las empresas que se adhieran al SAC y facilitar la adhesión favoreciendo el uso de las nuevas tecnologías -videoconferencias, arbitraje electrónico, etc.- para eliminar costes derivados de la estructura del Sistema (72 juntas arbitrales de distinto ámbito territorial).
Por último, se creará el Consejo General como órgano de representación y participación, cuya finalidad será el seguimiento, apoyo y mejora del SAC. Estará integrado por representantes de los Ministerios de Sanidad y Consumo, Justicia y Administraciones Públicas y de las comunidades autónomas y corporaciones locales.
(SERVIMEDIA)
12 Jul 2006
IGA