CONSTITUCIONAL. SALA ADVIERTE QUE EL MEMORANDUM AL REY PUEDE LANTEAR UN PROBLEMA "TECNICO JURIDICO"

- El presidente del CGPJ y del Supremo dice que el choque de competencias es un "tema candente"

- Los magistrados de la Sala Primera del Supremo decidirán el jueves si envían finalmente el memorándum al monarca

- Fuentes judiciales estiman que la queja surgió "por lo estricto de la decisión del Tribunal Constitucional"

MADRID
SERVIMEDIA

El presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del Supremo, Pascual Sala manifestó hoy tras entrevistarse en el Palacio de La Zarzuela con el rey Juan Carlos, que los magistrados de la Sala Primera del Tribunal Supremo podrían provocar un problema "técnico jurídico" si finalmente envían al monarca su memorándum de agravios por una reciente sentencia del Constitucional sobre la supuesta paternidad de un piloto.

Sala manifestó al llegar a la sede del CGPJ que "se trata de un problema de delimitación técnico jurídica, de competencias, porque es un tema siempre candente y viv tanto para el Tribunal Constitucinal como para el propio Tribunal Supremo y para la jurisdicción ordinaria y como tal problema técnico jurídico será abordado".

Fuentes jurídicas consultadas por Servimedia consideran que tanto el Constitucional como el Supremo podrían haberse excedido en sus competencias.

El Constitucional se refiere en su sentencia a contenidos legales no relacionados con derechos fundamentales y la Sala Primera del Supremo acude a protestar al Rey, en lugar de remitirse a la prsidencia del Tribunal Supremo o al CGPJ, como es la vía habitual en estos casos.

En la Sala Primera de lo Civil del Supremo, de donde partió la queja, se consideraba esta mañana que el tema ha tenido "excesiva repercusión".

Fuentes cercanas a la Sala consultadas por esta agencia consideraron que el malestar suscitado por la decisión del TC responde a "lo estricto de la decisión del Alto Tribunal", por lo que la decisión de protesta fue igualmente radical.

Los dieciséis magistrados de la SalaPrimera de lo Civil, encabezados por su presidente, Gumersindo Burgos, se reunirán la próxima semana, posiblemente el jueves, para decidir si envían finalmente la misiva al Rey.

MEMORANDUM AUN NO ESCRITO

Un memorándum que, por cierto, no está aún escrito, según declararon a esta agencia fuentes próximas a la sala que emitió ayer la protesta contra le Constitucional.

La decisión del TC, referida a una sentencia del Supremo emitida el pasado 30 de abril de 1992, estimó el recurso de amparo de la ujer y anula la sentencia de la Sala de lo Civil del Supremo, "con la consiguiente firmeza de la sentencia de la Audiencia Provincial (Sección Décima) de 26 de febrero de 1990".

El Supremo manifestó que debía defenderse el derecho a la intimidad del piloto y no otorgaba valor a la negativa del varón a hacerse la prueba de paternidad.

Por su parte, el Tribunal Constitucional, con la ponencia de su presidente, Miguel Rodríguez-Piñero, anuló esta consideración el pasado 19 de enero, dando lugar al mlestar de los magistrados de lo Civil del Tribunal Supremo.

PATERNIDAD, PERO NO PATRIA POTESTAD

La intención de la madre demandante era, según recoge la documentación remitida al Constitucional, que el piloto fuera considerado padre no matrimonial, sin derecho a compartir la patria potestad sobre la hija ni el derecho a visitas.

El juzgado donde se realizó la denuncia declaró "no probada" la paternidad del demandado, porque no se había logrado "la prueba plena e indubitada que precisaba la part demandante".

La Audiencia Provincial de Madrid, donde la decisión fue apelada, consideró que el piloto era "el padre extramatrimonial de la menor, disponiendo el cambio de apellidos y el abono de 50.000 pesetas mensuales en concepto de alimentos para su hija".

La Audiencia decidió la paternidad por la "contumaz negativa" del supuesto padre a someterse a las pruebas de sangre para comprobar su posible vínculo con la menor.

El Tribunal Supremo, tras una nueva apelación, decidió a su vez que dbía prevalecer el derecho a la intimidad del piloto. Finalmente, el Constitucional resaltó el pasado mes de enero la contradicción del Supremo al "afirmar la necesidad de una prueba para comprobar la veracidad de las alegaciones" de la madre y "fallar sobre la base de que no se ha probado suficientemente".

Pascual Sala apeló hoy a que el debate sobre esta sentencia quede en el ámbito jurídico de los dos altos tribunales, el Constitucional y el Supremo, y que no se recurra al Rey para el abritaje por psibles excesos de competencias de alguno de ellos.

(SERVIMEDIA)
04 Feb 1994
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