EL CONSTITUCIONAL REITERA LA LEGALIDAD DE LA FORMULA UTILIZADA POR LOS PARLAMENTARIOS DE HB

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Constitucional reitró hoy la validez de la fórmula de acatamiento de la Constitución "por imperativo legal, sí prometo" que utilizaron los tres senadores de Herri Batasuna en la toma de posesión de sus cargos, el pasado mes de octubre.

Con la sentencia hecha pública hoy, la Sección Segunda del Alto Tribunal anula la decisión adoptada por el presidente del Senado, Juan José Laborda, de denegar la condición de senadores a los tres políticos "abertzales" por no atenerse en el acto de acatamiento a la fórmula recogida en elReglamento de la Cámara Alta: "Sí prometo" o "sí juro".

Como ya hiciera ante el recurso de amparo presentado por Herri Batasuna en la denegación del acta para sus diputados, el Tribunal Constitucional considera que la obligación de prestar juramento o promesa de acatamiento es "sólo un requisito formal e irrelevante desde el punto de vista jurídico, ya que no compromete a nada y a nada podría obligar".

"La exigencia de este requisito no puede hacerse en términos reales que la invaliden por un entndimiento exageradamente ritualista de la obligación", afirma el escrito.

El Tribunal Constitucional estima que no existe prohibición de añadir a la fórmula establecida palabras que no condicionen o limiten el acatamiento.

La decisión de Juan José Laborda de impedir a José Luis Alvarez, José Luis Elkoro e Iñigo Irúin la perfección de su condición de senadores supone, según el TC, una "restricción indebida" a su derecho a acceder al cargo en condiciones de igualdad.

El TC cree que los argumenos presentados por el presidente del Senado se basan en una consideración "distante" de los principios constitucionales.

Para el tribunal, el articulado del Reglamento del Senado está recorrido de "un excesivo ritualismo, fruto residual de su pasado como cámara aristocrática".

"Se hace prevalecer una interpretación de la Constitución excluyente frente a otra integradora, teniendo en cuenta que la fórmula 'por imperativo legal' no tiene valor condicionante ni limitativo de la promesa", afirma la sntencia.

El añadido inicial a la fórmula de acatamiento no tiene "relevancia suficiente" para vaciar de contenido el compromiso que adquirieron los tres senadores electos.

(SERVIMEDIA)
09 Abr 1991
JRN