EL CONSTITUCIONAL PROHIBE LAS LIMITACIONES DE HORARIOS A LOS COMERCIOS EN CATALUÑA, VALENCIA Y GALICIA
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Las comunidades autónomas no pueden limitar la apertura de los comercios ni establecer su cierre sábados y festivos, como ocurre actualmente en Cataluña, Valencia y Galicia, según sendas sentencia hechas públicas hoy por el Tribunal Constitucional.
El Alto Tribunal señala que las autonomías no están facultadas para imponer esas limitaciones porque el conocido popularmente como "decreto Boyer" estableció que las las empresas puede fijar libremente los horarios comercios "en todo el territorio del Estado".
La contradicción entre el citado decreto y las normas autonómicas debe resolverse a favor del primero porque, además de ser anterior en el tiempo (fue promulgado en 1985), "constituye unanorma básica para el ejercicio de las actividades comerciales".
Según el Tribunal Constitucional, este criterio es aplicable por igual a las autonomías que sólo tienen capacidades ejecutivas en materia de comercio interior como a las que disponen de capacidad para legislar en su ámbito territorial, como son País Vasco, Valencia, Cataluña, Galicia, Andalucía, Aragón y Navarra.
A su juicio, el ámbito de aplicación del "decreto Boyer" no posee "ninguna limitación y, por tanto, se extiende al territoio de todas las comunidades autónomas, con independencia de los poderes, más o menos amplios, quehayan asumido en sus respectivos Estatutos".
El tribunal señala que la inhabilitación de las autonomía para regular las actividades comerciales afecta también a las restricciones establecidas en algunas normativas sobre los periodos de rebajas, saldos y promociones.
DURO GOLPE
La sentencia supone un duro golpe a las pretensiones de los pequeños comerciantes de convencer a los grandes almacenes para ue "autolimiten" sus horarios y tomen como ejemplo de las comunidades donde se aplican regulaciones de jornada.
Las negociaciones entabladas con ese fin, el pasado mes de enero, entre la Confederación Española de Comercio y la patronal de los grandes almacenes, ANGED, no dieron ningún resultado hasta el momento, a pesar de que ambas organizaciones pertenecen a la patronal CEOE y los contactos fueron impulsados por el propio presidente de la patronal, José María Cuevas.
Además, la Confederación Esañola de Comercio (CEC) ha solicitado reiteradamente al Gobierno central que promulgue una Ley de Comercio estatal similar a las autonómicas de Valencia, Cataluña o el País Vasco.
La legislación de estas comunidades, ahora declaraciones inconstitucionales, impidieron la apertura en domingos, salvo casos excepcionales previamente pactados, que durante 1992 fueron cuatro en Valencia, tres en Cataluña y uno en Galicia, según datos facilitados a Servimedia por la CEC
Según esta organización patronal,la libertad plena de horarios sólo existe, dentro de la CE, en España, Portugal e Irlanda. En su opinión, el pequeño comercio merece una protección mayor en atención a que genera 11de cada 100 pesetas del PIB y da trabajo a 12 de cada 100 trabajadores con empleo.
(SERVIMEDIA)
12 Jul 1993
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