EL CONSTITUCIONAL AFIRMA QUE LOS COMPLEMENTOS DE PENSIONES DE LAS CCAA NO ROMPEN EL PRINCIPIO DE CAJA UNICA
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Tribunal Constitucional (TC) decidió hoy levantar la suspensión a la puesta en marcha de la normativa Navarra que fija un complemento autonómico a las pensiones de viudedad abonadas por la Seguridad Social.
En un auto hecho público hoy, el TC desestima las alegaciones formuldas por el abogado del Estado, en nombre del Gobierno, quien argumentó que esos complementos rompen la Caja Unica de la Seguridad Social.
El Alto Tribunal responde que los complementos no rompen la Caja Unica y que el contencioso sobre estas ayudas es un conflicto competencial aún por resolver.
A pesar de que el Constitucional no ha resuelto sobre el fondo del asunto (si las comunidades pueden o no compensar las pensiones estatales), avanza que este tipo de aportaciones "corren a cargo de los fonos propios" de las autonomías y "no quedan en entredicho de modo directo" los fondos procedentes del Estado y por tanto la conocida como Caja Unica.
"Los perjuicios alegados -ruptura de la Caja Unica- no son sino una consecuencia de la discrepancia de fondo acerca de la titularidad de competencia", dice el Constitucional.
"Los perjuicios que, según la representación estatal, se producirían en las competencias estatales de Seguridad Social y, específicamente, sobre el sistema de caja única de la msma, aparecen formulados con un grado de generalidad que no pueden ser relevantes en un incidente como el presente, en el que subyace una controversia de naturaleza competencial", continúa el auto.
El abogado del Estado alegaba también el perjuicio que sufrirían los posibles preceptores de las ayudas si finalmente el tribunal declarase inconstitucional la medida, puesto que tendrían que devolver las cantidades recibidas.
A este respecto, el tribunal asegura "que no parece que ello pudiera represetar un perjuicio grave para los intereses generales por los que debe velar el Estado, que no se verían afectados por tal consecuencia, mientras que la demora en la entrada en vigor de la Ley impugnada sí que podría producir, al menos en algunos casos, perjuicios de difícil o imposible reparación".
La ley foral de ayudas extraordinarias fue aprobada por el Parlamento navarro el pasado 7 de marzo y está compuesta por seis artículos. Establece una ayuda económica complementaria para las personas perceptoas de pensiones de viudedad inferiores al salario mínimo interprofesional.
El importe concedido por el Gobierno navarro sería la cantidad necesaria hasta alcanzar dicho salario mínimo. El Tribunal Constitucional decidió en julio de este año suspender la aplicación de dicha ley hasta que resuelva si es inconstitucional. Ahora levanta esta suspensión hasta decidir sobre el fondo de la cuestión.
(SERVIMEDIA)
19 Dic 2003
J