Cataluña
El Constitucional admite a trámite el recurso del PP contra el voto delegado de Puigdemont y Puig
- También rechaza suspender de forma cautelar sus votos
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El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de amparo interpuesto por los diputados del PP de Cataluña contra la autorización de voto delegado de Carles Puigdemont y Lluís Puig para constitución de la Mesa del Parlament y rechaza suspender de forma cautelar sus votos.
En este recurso, los diputados del PP catalán impugnan los acuerdos de la Mesa de Edad del Parlament de Cataluña adoptados del 10 de junio, permitiendo el voto delegado de los diputados Carles Puigdemont y Lluís Puig, votos que se computaron para la elección de los miembros de la Mesa de esta Cámara.
El Pleno del TC ha admitido a trámite el recurso “al apreciar que concurre en este asunto una especial trascendencia constitucional porque el asunto suscitado trasciende del caso concreto porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales”, según expone este tribunal en una nota de prensa.
Sobre la petición de que se adoptara de manera urgente la suspensión de los actos impugnados y la de cualesquiera otros que se aprobaran en el futuro, el Pleno ha rechazo tal medida cautelarísima “ya que los dos votos delegados no fueron determinantes del resultado de las votaciones celebradas el pasado 10 de junio”.
Asimismo, según la nota de prensa, los magistrados Enrique Arnaldo Alcubilla y Concepción Espejel explicaron las razones de su oposición, que no se refieren “a la admisión a trámite del recurso de amparo”, sino a la “negativa del TC a adoptar medida cautelarísima alguna, como solicitaban los recurrentes”.
Estos magistrados entienden que “procedía, ante las inmediatas convocatorias del Pleno del Parlament de Cataluña, requerir a su presidente y a los integrantes de la Mesa que no autoricen la emisión de votos por delegación de los diputados excluidos de este medio de expresión del voto”.
(SERVIMEDIA)
18 Jun 2024
BMG/clc