EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS AMPLÍA LAS INDEMNIZACIONES POR ACTOS DE TERRORISMO O CATÁSTROFES
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Consejo de Ministros aprobó hoy el desarrollo reglamentario de la reforma del seguro de riesgos extraordinarios, que amplía las indemnizaciones por actos de terrorismo o catástrofes naturales.
Así, el Consorcio de Compensación de Seguros deberá hacerse cargo de las indemnizaciones en caso de acontecimientos extraordinarios (desastres naturales o actos terroristas) a los ciudadanos que tengan contratado un seguro de vida, hasta ahora excluido de esta cobertura.
El Gobierno aduce que esta norma es la respuesta a las restricciones impuestas por las aseguradoras tras los atentados terroristas del 11 de septiembre de 2001 en Estados Unidos, del 11 de marzo de 2004 en España y del 7 de julio en Londres.
Los ciudadanos que suscriban pólizas de seguros de vida con garantía de fallecimiento e invalidez (no sólo los que tengan seguros de accidentes como hasta ahora) estarán cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros de los riesgos extraordinarios, entre los que se encuentran desastres naturales como las inundaciones, tempestades o terremotos y también actos violentos, como atentados terroristas.
Además de regular la cobertura del Consorcio en los seguros de vida, que se efectuará tanto en España como fuera de ella (siempre que el asegurado tenga su residencia en España), esta modificación reglamentaria también amplía la cobertura en los seguros de accidentes a los casos de incapacidad temporal (hasta ahora limitada al fallecimiento y a la incapacidad permanente).
Por otra parte, continúan cubiertos, como hasta ahora, ante riesgos extraordinarios los bienes que estén situados en España: vehículos con matrícula española, bienes inmuebles ubicados en territorio nacional, así como los bienes muebles que se encuentren en un inmueble situado en España.
Para posibilitar estas coberturas por parte del Consorcio de Compensación de Seguros, se establece un recargo en los seguros de fallecimiento e invalidez, en el ramo de vida. Este nuevo recargo se unificará con el de los seguros de accidentes, que se reduce en casi un 50%.
(SERVIMEDIA)
03 Nov 2006
F