Nucleares

El Consorcio asume reaseguro de responsabilidad civil por daños nucleares

MADRID
SERVIMEDIA

El Consorcio de Compensación de Seguros se hará cargo del reaseguro en determinadas circunstancias de responsabilidad civil por daños nucleares.

Así lo recoge una orden del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación digital publicada este lunes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La Ley de 2011 sobre responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos obliga a los explotadores de estas instalaciones a establecer una cobertura de responsabilidad civil por daños nucleares por una cuantía mínima obligatoria de 1.200 millones de euros.

La Agrupación de Interés Económico Aseguradores de Riesgos Nucleares (ARN), que integra a entidades aseguradoras y reaseguradoras autorizadas en España para operar en la cobertura de riesgos nucleares, ha transmitido al Consorcio la falta de capacidad del mercado para dar cobertura a dos supuestos por responsabilidad civil por daños nucleares: los derivados de daños a las personas cuya reclamación se produzca a partir del décimo año de un accidente nuclear y hasta el trigésimo año desde ese accidente, así como los cúmulos de riesgos de siniestro en el caso de dos centrales nucleares en un mismo emplazamiento con límites de responsabilidad civil independiente.

Según el Ministerio, la orden ministerial “da respuesta a la situación de falta de capacidad del mercado de seguros privados para dar cobertura en su integridad al nuevo marco de la responsabilidad civil por riesgos nucleares”.

Para ello, encarga el reaseguro al Consorcio en esos supuestos concretos. La cobertura se extenderá a los daños personales reclamados a partir del décimo año y hasta el trigésimo desde el accidente nuclear cubierto en la póliza, por el límite de riesgo no consumido hasta la fecha, tanto en el caso de daños nucleares producidos por accidentes ocurridos en instalaciones nucleares localizadas en territorio español, como los ocurridos durante el transporte de sustancias nucleares cualquiera que fuera el territorio en el que se produzca el accidente, siempre que el operador responsable de los daños nucleares en el transporte sea español.

Asimismo, se da cobertura a los daños por cúmulos de riesgo para completar la capacidad del sector asegurador en su conjunto, hasta alcanzar 1.200 millones de euros por póliza, con un máximo de 300 millones de euros por póliza, necesaria para el aseguramiento de las centrales nucleares de Ascó I y Ascó II por accidente nuclear.

(SERVIMEDIA)
02 Mayo 2022
JRN/mjg