EL CONSEJO DE MINISTROS APRUEBA LA AMPLIACION DEL CENSO A LOS RESIDENTES DE PAISES DE LA UNION EUROPEA
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El Consejo de Ministros aprobó hoy un real decreto que regula el procedimiento para la inscripción en el Censo Electoral de los extranjeros de Estados miembros de la Unión Europea residentes en España, ante la convocatoria de elecciones al Parlamento Europeo del próximo mes de junio.
El Tratado de la Unión Europea establece que tdo ciudadano de la Unión que resida en un Estado miembro del que no sea nacional tendrá derecho a ser elector y elegible en las elecciones al Parlamento Europeo en el Estado que resida. Para el ejercicio del derecho de voto es indispensable la inscripción en el Censo Electoral.
Según el real decreto aprobado hoy, podrán inscribirse todos los extranjeros ciudadanos de la Unión Europea, residentes en España, que reúnan los requisitos exigidos por la legislación española y no hayan sido privados del dereho de sufragio en virtud de la legislación del Estado miembro de origen.
La inscripción debe solicitarse por el interesado en el ayuntamiento donde resida, mediante el cumplimiento del impreso oficial que le será facilitado en el mismo.
Próximamente será aprobada una orden ministerial, que desarrollará el real decreto, por la que se dictarán las normas e instrucciones técnicas precisas para la ampliación del Censo Electoral.
(SERVIMEDIA)
03 Dic 1993
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