CONSEJO DE MINISTROS. APROBADA LA REFORMA DEL PODER JUDICIAL QUE ENDURECERA EL REGIMEN DISCIPLINARIO DE LA JUDICATURA
- El juez condenado en firme a más de seis meses de prisión apartado de la carrera judicial
- Concesión de régimen presupuestario específico, equivalente en su "dignidad" de órgano constitucional al que tiene el Tribunal Constitucional.
- Reconocimiento de su capacidad reglamentaria externa (que el gobierno delimitará posteriormente)
- Aumentar los casos de proyectos de ley en que espreceptivo un informe no vinculante del CGPJ al Gobierno.
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El Consejo de Ministrs remitió hoy a las Cortes el proyecto de ley orgánica de reforma del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), de julio de 1985, para endurecer el régimen disciplinario de la judicatura y aumentar las competencias del CGPJ.
La reforma, apoyada por todas las asociaciones profesionales, según recordó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros el titular de Justicia, Juan Alberto Belloch, tiene dos grandes objetivos.
El primero, explicó Belloch, es ampliación de competencias "dentro dl propósito del Gobierno de establecer el razonable equilibrio entre los poderes del Estado". Una ampliación que pasa por:- Dejar la selección y formación de jueces y magistrados en manos del CGPJ.
- Concesión de régimen presupuestario específico, equivalente en su "dignidad" de órgano constitucional al que tiene el Tribunal Constitucional.
- Reconocimiento de su capacidad reglamentaria externa (que el gobierno delimitará posteriormente)
- Aumentar los casos de proyectos de ley en que espreceptivo un informe no vinculante del CGPJ al Gobierno.
El segundo gran objetivo, prosiguió Belloch, es regular "en profundidad" de la responsabilidad disciplinaria de jueces y magistrados. A este respecto, observó que el endurecimiento del régimen disciplinario y sanciones que supone esta reforma -inhabilitación para juez condenado a más de seis meses de prisión por delito doloso- ha contado con el apoyo de las asociaciones profesionales y el Consejo Fiscal.
El CGPJ tendrá potestad sancionador en faltas graves y muy graves, se amplían los plazos de prescripción de las irregularidades cometidas por jueces y magistrados, y se crea la figura de las "diligencias informativas" previas al expediente contra un juez o magistrado.
(SERVIMEDIA)
22 Dic 1993
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