EL CONSEJO DE EUROPA APRUEBA MEDIDAS PARA LA PROTECCION DE LAS VICTIMAS DEL TERRORISMO
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Los principales medios que cubren estas directrices hacen referencia a la asistencia urgente y gratuita en materia sanitaria, psicológica y material; una asistencia a más largo plazo para todas las personas que, tras un atentado, han padecido consecuencias directas en su integridad física o psicológica; el acceso efectivo a la justicia y la indemnización justa y apropiada por daños, y la protección de su vida privada y familiar, dignidad y seguridad.
Finalmente, el Consejo de Europa ha pensado también en la necesidad de mantener informadas a las víctimas de todos sus derechos. Por ello, apuesta por el establecimiento de puntos de contacto específicos que les mantenga al corriente de sus derechos, de los organismos de apoyo existentes, y que les muestre cuáles son sus posibilidades de obtener asistencia, además de ofrecerles consejos prácticos y jurídicos.
En este contexto, se ha destacado el papel fundamental de las asociaciones de protección de las víctimas. Además, los Estados están invitados a promover la formación específica de las personas responsables de la asistencia a los afectados, así como acordar los recursos necesarios a este efecto.
El Consejo de Europa ha aclarado que "el texto adoptado constituye un mínimo. Nada impide a los Estados adoptar prestaciones y medidas más favorables que las descritas en las Líneas directrices. Los Estados miembros (del Consejo de Europa) están invitados a ponerlas en marcha y a asegurar una amplia difusión entre todas las autoridades responsables de la lucha contra el terrorismo y de la protección de las víctimas de actos terroristas, así como entre los representantes de la sociedad civil".
(SERVIMEDIA)
03 Mar 2005
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