PAÍS VASCO

EL CONSEJO DE ESTADO VE UNA DOBLE VULNERACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN EN LA CONSULTA DE IBARRETXE

- Recuerda que el País Vasco no tiene competencias para convocar por sí mismo un referéndum

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Estado considera que el referéndum promovido por Juan José Ibarretxe para el 25 de octubre, que la semana pasada fue aprobado por el Parlamento del País Vasco, supone una doble vulneración de la Constitución porque utiliza competencias que no le corresponden y plantea un proceso de autodeterminación incompatible con la legislación española.

Así queda reflejado en el informe elaborado por el Consejo de Estado, al que tuvo acceso Servimedia, después de haberse sometido a debate a instancias del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, que solicitó a este órgano consultivo varias recomendaciones antes de recurrir el proyecto de ley del lehendakari.

El Consejo de Estado aboga por presentar un recurso ante el Tribunal Constitucional contra la consulta de Ibarretxe al encontrar "dos tipos de reproches: uno, relativo a la falta de competencia de la comunidad autónoma para la convocatoria y, otro, relativo a la inconstitucionalidad de las decisiones que se propone someter a consulta".

A su juicio, el plan de Ibarretxe "supone una vulneración de lo dispuesto en el artículo 149.1.32 de la Constitución española", en el que se establece que las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos previa autorización del Gobierno central y del Rey. Sin embargo, en este caso es el Parlamento del País Vasco quien convoca unilateralmente la consulta.

Para los miembros del Consejo de Estado, el contenido de la consulta impulsada por el lehendakari también es inconstitucional porque, al preguntar a los residentes en el País Vasco sobre la necesidad de abrir un proceso de diálogo sobre la independencia de Euskadi, "rebasa los límites que la Constitución impone al ejercicio del derecho a la autonomía".

El Consejo de Estado concluye con rotundidad que "existen fundamentos jurídicos suficientes para interponer recurso de inconstitucionalidad contra la Ley del Parlamento Vasco 9/2008, de 27 de junio, de convocatoria y regulación de una consulta popular al objeto de recabar la opinión ciudadana en la Comunidad Autónoma del País Vasco sobre la apertura de un proceso de negociación para alcanzar la paz y la normalización política."

Aduce que la consulta de Ibarretxe es inconstitucional "en cuanto pone en cuestión el fundamento mismo del orden político-jurídico del Estado en su conjunto y es consecuente, además, a una iniciativa legislativa aprobada por el Parlamento Vasco, vulnerando el orden constitucional de competencias".

Advierte de que la pregunta sobre la puesta en marcha de un proceso de autodeterminación "podría vulnerar lo dispuesto en los artículos 1.2 y 2 de la Constitución en cuanto que hace prevalecer la autonomía del pueblo vasco frente a la soberanía nacional de todo el pueblo español y la indisoluble unidad de la Nación española".

"Dicha pregunta parte de la base del derecho del pueblo vasco a decidir sobre asuntos que únicamente afectan a esa Comunidad Autónoma y que, por tanto, se englobarían en una especie de soberanía autonómica, al margen del resto del Estado. No obstante, trasciende de lo que puede entenderse como su propia autonomía pues, muy al contrario, se trata de decisiones que afectan a aspectos esenciales de todo el Estado y a todos los poderes públicos en general", argumenta.

El Consejo de Estado denuncia que aceptar la consulta de Ibarretxe "supondría aceptar que una fracción del electorado pudiera" pudiera abrir un auténtico proceso constituyente en el Estado, lo que pondría de manifiesto "no sólo la tensión entre una democracia representativa y los instrumentos de participación directa, sino también entre el pueblo español como titular de la soberanía nacional y una parte del mismo a la que se le reconocería en la práctica una capacidad exorbitante de las competencias de ámbito territorial".

Asimismo, apunta que "someter a consulta del electorado de una comunidad autónoma una decisión que pretende alterar la estructuración misma del poder del Estado implicaría quebrantar la Constitución en lo que respecta a su reforma con vulneración de su artículo 168 que prevé, para tal reforma, un referéndum de ratificación con participación de todo el cuerpo electoral".

El Consejo de Estado recuerda que una comunidad autónoma no puede poner en marcha un referéndum "sin autorización previa del Estado y sin sometimiento a lo dispuesto en la Constitución y en las leyes orgánicas de desarrollo", por lo que el paso que ha dado el Parlamento del País Vasco "es ya motivo suficiente para excluir tal posibilidad".

Dado que fue el lehendakari quien puso en marcha el proceso de referéndum, el Consejo de Estado recuerda que Ibarretxe "carece de competencias para ello, ya que no se ha producido ninguna delegación expresa del Estado".

(SERVIMEDIA)
04 Jul 2008
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