CONGRESO PSOE (1). EL DOCUMENTO RENOVADOR DE LA FSM PROPONE LIMITA LA PERMANENCIA EN LOS CARGOS, SALVO EN EL DE SECRETARIO GENERAL

-El equipo del Secretariado General, con responsabilidades ejecutivas para las diversas áreas de actividad y funcionamiento del PSOE (la Comisión Ejecutiva, de 11 miembros).

-El órgano de dirección política y estratégica (elComité de Dirección, de 45 a 50 miembros).

-El órgano de representación y sanción democrática y de control de la legalidad entre congresos (el Comité Federal, de 100 miembros).

MADRID
SERVIMEDIA

Los cargos ejecutivos y de dirección del PSOE deberían tener limitada a dos mandatos su "permanencia ininterrumpida" en el puesto, "excepto los secretario generales, que se someten al sufragio universal de todos los afiliados en el ámbito correspondiente antes o después del Congreso", según el borrador e propuestas para la reforma del PSOE elaborado por la Federación Socialista Madrileña (FSM), al que tuvo acceso Servimedia.

El documento, de ocho páginas y elaborado entre otros por el 'renovador' Manuel Escudero, coordinador en su día del "Programa 2000", aboga por limitar el tiempo de permanencia en el cargo de los dirigentes del PSOE, menos Felipe González y demás secretarios generales, regionales o locales, "como el modo más efectivo de estimular la circulación y promoción constante de nuevos dirgentes".

Dentro del apartado "propuestas para la elección de los órganos dirigentes del partido", los autores del citado borrador proponen, para su discusión en el próximo Congreso Federal Socialista, previsto para marzo de 1994, la creación de tres órganos de dirección:

-El equipo del Secretariado General, con responsabilidades ejecutivas para las diversas áreas de actividad y funcionamiento del PSOE (la Comisión Ejecutiva, de 11 miembros).

-El órgano de dirección política y estratégica (elComité de Dirección, de 45 a 50 miembros).

-El órgano de representación y sanción democrática y de control de la legalidad entre congresos (el Comité Federal, de 100 miembros).

DOS VOTACIONES

Según este documento, el Congreso, mediante votación individual y secreta de los delegados, procederá a dos votaciones diferenciadas. Por un lado, la de una lista cerrada y no bloqueada, a propuesta del secretario general, de 10 candidatos para la formación de la Ejecutiva. En caso de listas alternativas, e incluirá, de modo proporcional, los primeros puestos de las listas alternativas en el Comité de Dirección.

Por otro lado, se votará una lista abierta, en base a la postulación individual de los afiliados al PSOE, sobre el aval de 100 afiliados, de 20 miembros del Comité de Dirección (o de los que correspondan, si hay inclusión proporcional de miembros de las listas alternativas a la Ejecutiva).

Por lo tanto, según Manuel Escudero y el resto de promotores del trabajo, la Ejecutiva estará formadapor el secretario general y los 10 miembros electos en la primera votación. El Comité de Dirección estará compuesto por la Ejecutiva, la representación proporcional de listas alternativas a la Ejecutiva (si las hubiera), el resto de miembros votados en lista abierta al Comité de Dirección hasta 20 miembros y los secretarios generales de federaciones.

Otra de las modificaciones propuestas para reformar el PSOE son las referidas a "los derechos de los afiliados", que deben tener garantizado su "derecho l voto individual y secreto en todas las votaciones, tanto de aprobación de gestión, las de toma de decisiones y las de elección de cargos".

"CAUCUS ELECTORALES"

Asimismo, en el futuro los militantes socialistas podrían tener garantizado "el ejercicio de sufragio universal y de la libre postulación para candidaturas electorales".

En primer lugar, en los comicios municipales. Para estas ocasiones, las agrupaciones territoriales, sectoriales o ciudadanas del partido se constituirán como colegio pe-electoral. Con este método, similar al de los "caucus" electorales americanos, cualquier afiliado podrá presentarse a candidato, así como no afiliados, si están avalados por la firma de un 10% de inscritos al citado colegio pre-electoral.

Después, según el citado borrador, se realizarán dos votaciones. La primera, para elegir al candidato a alcalde, y la segunda para la lista de concejales, donde podrán incluirse los no elegidos en la primera votación.

Los redactores del trabajo prevén que exisa un periodo de campaña y postulación, por parte de todos los candidatos ante el colegio pre-electoral.

A pesar de que afiliados y no afiliados podrán presentarse como candidatos a ser alcalde o concejal de cualquier municipio, dentro de las listas del PSOE, la decisión última queda en manos del Comité Regional del PSOE correspondiente.

"El Comité Regional podrá variar el orden de la lista de un puesto hacia arriba o abajo por candidato, o rechazar y variar la posición en las listas de candidatosnominados no afiliados", subraya el citado borrador de propuestas sobre la reforma del PSOE.

Este mismo procedimiento es el propuesto para procesos electorales autonómicos, nacionales o europeos, donde "cada federación del PSOE se constituirá en colegio pre-electoral". En este caso, todo afiliado podrá ser candidato, siempre que tenga el aval inicial de 100 inscritos socialistas, y los no afiliados deberán contar con el respaldo inicial de 200 inscritos.

En este apartado, también la dirección, eneste caso federal, podrá variar el orden de las listas de afiliados y rechazar las de no inscritos.

(SERVIMEDIA)
21 Oct 1993
SMO